miércoles 24 abril 2024
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¿Es compatible la pensión de jubilación con otras prestaciones de la Seguridad Social?

Por norma general, la pensión de jubilación no es compatible con otras prestaciones, aunque dependerá del tipo de prestación, del régimen en que se haya generado y del tipo de jubilación.

La futura reforma de las pensiones que el Gobierno llevará a cabo está preocupando a muchos trabajadores que se encuentran en su fase final laboral.  La pensión de jubilación contributiva de la Seguridad Social, es una prestación a la que tienen derecho todos los trabajadores que hayan cotizado un mínimo a lo largo de su trayectoria laboral.

Por norma general, esta pensión no es compatible con otra prestación de la Seguridad Social. Se da el caso, que muchos cumplen los requisitos para cobrar más de una pensión y se preguntan si es posible cobrar ambas.

Aunque como hemos mencionado, no suelen ser compatibles, todo  dependerá del tipo de prestación, del régimen en que se haya generado y del tipo de jubilación. Según el caso de cada trabaja dador le permitirá cobrar dos prestaciones de la Seguridad Social siempre que pertenezcan a dos regímenes diferentes de la Seguridad Social.

A continuación te explicamos cuando es compatible la pensión con otra prestación de la Seguridad Social.

que día se cobra la pensión

Compatibilidad de la pensión con otras prestaciones.

La pensión de jubilación no es compatible con otras pensiones de jubilación, a no ser que se hayan generado en regímenes distintos.

Un claro ejemplo son los trabajadores autónomos que también trabajan por cuenta ajena, en esta situación se está cotizando en regímenes diferentes, por lo que tendrían derecho a dos pensiones.

Para lograrlo, deben cotizar un mínimo de 15 años en ambos regímenes y que al menos dos de ellos hayan sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación

Eso sí, la suma de ambas pensiones no puede superar la pensión máxima, fijada en 2.683,34 euros en 2020.

Otro requisito a tener en cuenta, es que hay que estar dado de alta en ambos regímenes en el momento de la jubilación. Si no está en situación de alta en alguno de los regímenes, será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años.

Pocas veces se da este caso, en la mayoría de casos al no cumplirse los requisitos antes mencionados, estas cotizaciones se acumulan a las del régimen en que se cause derecho.

Si es compatible con la pensión de viudedad.

En general es incompatible con otras pensiones, si es compatible con la de viudedad, permitiendo al beneficiario recibir ambas prestaciones. Esto ocurre porque la prestación de viudedad es compatible con las rentas del trabajo durante la vida laboral.

Sin embargo, si se trata de una pensión de jubilación y una de viudedad, ambas del SOVI, no serán compatibles.

Compatibilidad de pensión de jubilación y trabajo.

También se puede cobrar una pensión de jubilación y seguir trabajando, ya sea por jubilación flexible o jubilación parcial.

La jubilación flexible es aquella que es compatible con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial entre el 75% y 50%; mientras que la jubilación parcial es aquella en la que se produce una reducción de la jornada ordinaria y el salario entre el 25% y 50%.

Esta es una modalidad que el Gobierno quiere fomentar, para alargar la vida laboral de los trabajadores con nuevos incentivos.

No obstante, aunque son incompatibles con la incapacidad permanente absoluta, sí lo son con la incapacidad permanente total generada por la actividad laboral a tiempo parcial, con posterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación.

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