La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) puede promover a que muchas empleadas del hogar soliciten judicialmente al SEPE el rechazo a cobrar en paro antes de la entrada en vigor de la Real Decreto-ley 16/2022.
Estos trabajadores, que en su mayoría son mujeres, cotiza por el Régimen Especial para empleados de hogar, el cual no se incluye la cotización por prestaciones por desempleo, causa principal por la que el Servicio Público de Empleo (SEPE) rechazaba cualquier solicitud de estos trabajadores de cobrar prestaciones. La única vía que tenían para tener derecho a cobrar paro era haber cotizado en otro régimen de la Seguridad Social que sí cotizara por prestación.
Sin embargo, el TSXG ha tomado la decisión de conceder el derecho a una emplea del hogar de A Coruña a cobrar paro, a pesar de que cuando solicitó la prestación no estaba en vigor la normativa actual que sí lo permite.
2.361 días cotizados a la Seguridad Social
La trabajadora estuvo afiliada al Sistema Especial para Empleados de Hogar hasta el 4 de agosto de 2022, habiendo cotizado un total de 2.361 días, de los cuales dos días correspondieron al Régimen General de la Seguridad Social. Por lo que para el SEPE solo había cotizado 2 días para tener derecho a prestaciones, siendo necesario cotizar al menos 360 días, pues desde la administración de empleo, no se tenía en cuenta la cotización en el Régimen Especial de Empleadas del Hogar.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha aplicado lo indicado en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el cual fue quien promovió los cambios en la normativa española en cuanto a derechos laborales de este colectivo.
La Unión Europea determinó que la normativa española que excluye de las prestaciones por desempleo a los empleados de hogar, donde las mujeres representan un 95,53% del total de trabajadores, es contraria al Derecho de la Unión Europea, siendo esta exclusión una discriminación indirecta por razón de sexo en el acceso a prestaciones por desempleo.
Por tanto, el tribunal resalta la importancia de interpretar la normativa con perspectiva de género al integrar un valor superior del ordenamiento jurídico, por estos motivos, han reconocido el derecho de la afectada a la prestación de desempleo.
No obstante, es importante recordad que la sentencia no es firme y que cabe recurso de casación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.
Las empleadas ya pueden cobrar paro sin acudir a los juzgados
Desde el 1 de octubre de 2022, las empleadas de hogar comenzaron a cotizar por prestaciones por desempleo, por lo que ya no es necesario que acudan a los juzgados para reclamar el derecho a cobrar la ayuda económica por protección por desempleo, el SEPE ya les reconoce la prestación, siempre que hayan cotizado al menos 360 días.