El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que establece que el complemento de maternidad por aportación demográfica lo pueden cobrar tanto los hombres como mujeres que cumplas los requisitos establecidos, sin importar si el otro progenitor también tiene derecho a recibirlo.
Esta decisión afecta a los trabajadores y trabajadores que se jubilaron entre los años 2016 y 2021 y que pueden solicitar este complemento, independientemente de si la madre o el padre ya lo están recibiendo.
Por tanto, según la sentencia, el reconocimiento del complemento de maternidad a uno de los progenitores no debe impedir que el otro progenitor también pueda solicitarlo si cumple los requisitos legales.
Solo para los jubilados entre 2016 y 2021
Esta sentencia únicamente afecta a los trabajadores jubilados entre 2016 y 2021 que no pudieron cobrar este complemento, dado que la normativa que regulada esta prestación no establece explícitamente que el disfrute simultáneo del complemento por ambos progenitores no es posible, algo que el Real Decreto-ley 3/2021 si establece.
El Supremo argumenta que limitar el beneficio a solo uno de los progenitores, sin un criterio claro para determinar cuál de ellos debería ser, va en contra de la igualdad y no se ajusta a las exigencias contributivas.
Además, destaca que la regulación anterior del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, omitía por completo la consideración de qué sucede cuando el progenitor distinto del solicitante ya disfruta del complemento.
Igualmente, el tribunal indica que el derecho al complemento debe reconocerse independientemente del sexo del solicitante, ya que fue creado para compensar la desigualdad sufrida por muchas mujeres y sería ilógico que pudiera ser denegado a una de ellas con el argumento de que ya lo está percibiendo el progenitor varón.
⚖️ El Tribunal Supremo establece que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse a la vez por los dos progenitores
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— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) May 24, 2023
En conclusión, el Tribunal Supremo ha establecido que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser solicitado por ambos progenitores, sin importar si el otro progenitor ya lo había solicitado y es beneficiario.
El tribunal destaca que esta medida busca acabar con las situaciones discriminatorias y expandir la titularidad del derecho a aquellos colectivos que habían sido excluidos anteriormente.