viernes 31 enero 2025
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El SEPE responde: ¿Se puede cobrar el paro y trabajar?

El SEPE responde como se puede cobrar el paro y trabajar a la vez y que otras alternativas hay

Son muchos los desempleados que se preguntan si se puede cobrar el paro y trabajar. Aunque la prestación por desempleo es una ayuda económica con el objetivo de proteger a los trabajadores que pierden su empleo, lo cierto es que sí, se puede cobrar el paro y trabajar.

No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclara que hay que cumplir unos requisitos y además y muy importante, no se cobra el 100% del paro.

Cómo compatibilizar paro y trabajo

Es cierto, que con carácter general, el trabajo, sea por cuenta ajena o por cuenta propia, es incompatible con el cobro de la prestación o el subsidio por desempleo, pero hay excepciones.

Para poder cobrar el paro y trabajar a la vez, uno de los requisitos principales es que primero se esté cobrando una prestación por desempleo. Esto descarta, por ejemplo, las personas que tienen dos trabajos a la vez y pierden unos de ellos, recuerda que se puede trabajar en dos empresas a la vez.

Otro requisito importante es que el trabajo tiene que ser a tiempo parcial, es decir, no puede ser a jornada completa.

Ahora bien, la prestación se verá reducida en la misma proporción a la jornada, es decir, si encuentras un trabajo a media jornada, tu prestación se vera reducida un 50%.

En cuanto a la duración, esta no se ve afectada y se cobrará la prestación hasta que se agote su duración.

¿Cuánto cobro de paro si comienzo a trabajar a mitad de mes?

Alternativas a cobrar el paro y trabajar

Además de permitir compatibilizar el paro, el SEPE, como indica en su web, también ofrece la opción de interrumpir la prestación, es decir, pararla. En este sentido, si por ejemplo el trabajo tiene una duración inferior a 360 días, podrás volver a reanudar la prestación por desempleo.

Pero en el caso de que el trabajo tenga una duración de 360 días o más, cuando finalice se puede solicitar una nueva prestación con las nuevas cotizaciones y por consiguiente con una nueva duración o bien reanudar la que se había parado previamente. Esto es lo que se conoce como derecho a opción al paro.

Hay que comunicar al SEPE que se ha encontrado trabajo

Independientemente de la opción que se decida, si compatibilizar el paro o bien interrumpirlo, es importante destacar que es obligación del ciudadano comunicar al SEPE su nueva situación laboral.

Es el propio desempleado quien tiene que comunicar al SEPE que ya no esta en situación de desempleo y que solicita la baja de la prestación o compatibilizar el cobro del paro.

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