miércoles 27 marzo 2024

EmpleoJob | Noticias de trabajo, prestaciones y ayudas

InicioDerecho Laboral¿Puedo trabajar en dos empresas a la vez?

¿Puedo trabajar en dos empresas a la vez?

Si estás trabajando y estás buscando otro empleo para compaginarlo con el primero, debes tener en cuenta lo siguiente.

Muchos españoles se hacen la pregunta sobre si se puede trabajar en dos empresas a la vez, sobre todo a la subida del coste de la vida.

Tener dos trabajos no es nada nuevo, si has visto la serie «Cuéntame cómo paso» verías como Antonio Alcántara tenía dos trabajos, el Ministerio por las mañanas y la imprenta por la tarde.  Una situación de pluriempleo obligada para muchos españoles, ya que con un solo sueldo no les alcanzaba. ¿Esto te suena verdad?

Aunque el mercado laboral de aquella época no tiene nada que ver con el actual, esta situación se ha mantenido en mayor o menor medida. Una de las principales razones es la calidad de empleo en relación con la jornada laboral.

¿Se puede trabajar en dos sitios a la vez?

Claro, se puede trabajar en dos sitios a la vez y en muchas ocasiones lamentablemente no hay más remedio, pues son muchas las ofertas de empleo con contratos a tiempo parcial y si ya cuesta llegar a final de mes con un contrato a jornada completa, más lo es si el contrato es a 30, 20 o 12 horas.  Por tanto, son muchos trabajadores los que se ven obligados a trabajar en dos empresas a la vez.

Esto es lo que se conoce como pluriempleo, trabajar para dos empresas a la vez, con lo que sumando ambas nóminas, es como si estuvieran trabajando a jornada completa. No obstante, aunque sea más complicado de sobrellevar también se puede trabajar en dos sitios a la vez a jornada completa.

Además del pluriempleo, también está la opción de la pluriactividad.

¿Diferencias entre pluriempleo y pluriactividad?

Se entiende por pluriempleo a la circunstancia de una persona que trabaja por cuenta ajena en dos o más empresas bajo el mismo régimen de la Seguridad Social.

En cambio, la pluriactividad es cuando un trabajador que trabaja por cuenta ajena, decide iniciar un negocio propio a la vez y se da de alta como autónomo. Aunque también cuenta como pluriactividad cuando aun trabajando por cuenta ajena, se está dado de alta en la Seguridad Social en otro régimen.

La diferencia entre una y otra es que el pluriempleo se da cuando se está trabajando en dos empresas diferentes en el mismo Régimen de la Seguridad Social y la pluriactividad cuando se está de alta en diferentes regímenes.

¿Cuántas horas se pueden trabajar en dos empresas?

Si consultamos el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34, que regula la jornada, establece que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Esta restricción se aplicaría de forma independiente a cada contrato de trabajo, es decir, en cada empresa en la que trabajes la jornada máxima sería de 40 horas semanales. Por tanto, con dos trabajos podrás trabajar 60 horas semanales, 70 u 80 horas en el caso de estar contratado a jornada completa en ambas empresas. De modo que si se puede estar dado de alta en dos empresas a jornada completa.

Ahora bien, será necesario tener en cuenta algunas «consecuencias» con Hacienda, el trabajar en dos empresas o bien trabajar en una empresa y emprender por cuenta propia a la vez.

¿Qué pasa si tengo dos trabajos a la vez?

Los contribuyentes que están obligados a presentar la declaración de la Renta son aquellos que superan unos rendimientos del trabajo hasta los 21.000 euros, pero cuando hay dos pagadores, este límite baja hasta los 15.000 euros, tras elevarse por medio de la Ley 21/2022. Es importante indicar que se tomará en cuenta que ese tiene más de un pagador cuando la suma de los ingresos del segundo y otros que se tengan superen los 1.500 euros.

En este sentido, si por ejemplo solo has trabajador a tiempo parcial 2 meses o un mes y la suma de lo que has cobrado por ese segundo pagador no supera los 1.500 euros, tendrás el límite como si solo hubieras tenido un pagador.

Pero este no es el principal problema que te puedes encontrar con Hacienda por el hecho de estar trabajando en dos empresas a la vez, sino con lo que tienes que pagar a Hacienda.

¿Cuánto te cobra Hacienda por tener dos trabajos?

Si revistas tu nómina, verás en el desglose que hay un apartado que indica «Tributación IRPF», que es la retención que hace la empresa en tu nombre a Hacienda. Para ello la empresa te habrá entregado el formulario 145.

¿El problema? Qué cada empresa te va a retener en función de lo que te pagan, pero si sumas ambas nóminas lo mismo, tu rendimiento de trabajo, ya estaría en otro umbral y, por tanto, tendrías más retención.

La consecuencia de esta situación, es que cuando llegue la campaña de la renta y presentes tu declaración, te va a salir a pagar.

Para evitar esto puedes utilizar la herramienta de la Agencia Tributaria para calcular cuál sería tu IRPF y dependiendo de si finalmente no es el que deberías tener, tienes dos opciones:

  • Hablar con una de las empresas para que te suba la retención
  • Ir guardando tú mismo ese dinero para cuando llegue la declaración de la Renta no te pille por sorpresa.

¿Puedo estar dado de alta en dos empresas a jornada completa? ¿Cómo se cotiza en dos trabajos?

Si se puede trabajar en dos empresas a la vez, tendrás que estar dado de alta, para que sea todo legal, por tanto, puedes estar dado de alta en las dos empresas a la vez, la Seguridad Social no va a poner ningún impedimento.

Además, si estás contratado a tiempo parcial, debes saber que, desde el 1 de octubre de 2023, se ha equiparado el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo en lo que respecta al cómputo de días cotizados para solicitar prestaciones de la Seguridad Social.

En este sentido, si estás en dos trabajos, estarás cotizando el doble, pues en cada uno de los trabajos la empresa y tú pagas a la Seguridad Social por la cotización. Entonces cada día trabajador en cada una de las empresas, es un día que sumas a la vida laboral.  ¿Cómo afecta esto al cómputo total?

Cotización a la Seguridad Social con dos trabajos a la vez

Las personas pluriempleadas tienen la obligación por ley de informar de su situación a la Tesorería de la Seguridad Social.

Existe un máximo por el que se puede cotizar. En 2023 la base máxima de cotización está en 4.495,50 euros en el Régimen General. De modo que si la cotización total de todos los trabajos que se tienen a la vez supera esta cifra, habrá que solicitar a la Tesorería General de Seguridad Social la distribución de la cotización total entre todas las empresas, en función de la remuneración que se obtenga en cada una.

Informe de vida laboral
Informe de vida laboral de un trabajador que está en pluriactividad

Prestaciones por desempleo y jubilación cotizando en dos trabajos a la vez

Si se está trabajando en dos empresas y se deja de trabajar en una de ellas, se puede cobrar el paro, pero hay que tener en cuenta lo siguiente:

Primero, si en ambos trabajos se está a jornada completa, no se podrá cobrar prestación por desempleo.

En caso de estar trabajando en una empresa con un contrato a tiempo parcial y en otra empresa a tiempo completo, y se extinguiera el contrato a tiempo completo, se tendría derecho a desempleo por la parte proporcional de la jornada que no cubre el contrato a tiempo parcial. Es decir, se puede compaginar una prestación con un trabajo.

Otra de las cuestiones que se hacen los trabajadores es si se tendría derecho a dos pensiones. Aquí ya hay que tener en cuenta varias situaciones

Si se está cotizando en el mismo régimen, la respuesta es que no. Pero si se está en situación de pluriactividad, es decir, cotizando en regímenes diferentes como por ejemplo, trabajar en una empresa y ser autónomo, si se podría cobrar dos pensiones. Claro está siempre que en ambos regímenes se cumplan los requisitos para cobrar la pensión de jubilación, algo que explicamos en este artículo.

¿Pueden la empresa prohibirme trabajar en otra?

El pluriempleo o la pluriactividad es totalmente legan en España, pero el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores establece dos excepciones a esta regla general.

  1. En caso de que la persona trabajadora realice una competencia desleal con la empresa.
  2. En caso de que se hubiera pactado de forma expresa en el contrato de trabajo un pacto de no concurrencia o plena dedicación.

¿Qué pasa si estoy de baja y tengo dos trabajos?

Puede ocurrir que por un problema médico tengas que estar de baja, ante estas situaciones la pregunta es que pasa si tengo dos trabajos, ¿tengo que estar de baja en los dos?

Pues no necesariamente, todo dependerá de la actividad que realices en cada una de ellas. Por ejemplo, si tu primer empleo es de reconocedor en un supermercado y en otro lado de auxiliar administrativo y estas todo el día sentado en una mesa.

Si tu baja, por ejemplo, es por una dolencia que te impide coger peso, estarás de baja en el supermercado y en el otro no, ya que la actividad no retrasa ni dificulta la curación.

Lo más leído

Últimas noticias

Google News EmpleoJobs
Canal WhatsApp EmpleoJob