La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este viernes que en el próximo Consejo de Ministros que se celebrará el martes 21 de mayo se votará para aprobar la prohibición del despido por discapacidad sobrevenida.
Una medida que anunció la ministra en enero tras aprobarse la reforma del artículo 49 de la Constitución para sustituir el término disminuidos por personas con discapacidad y para mejorar la protección de los derechos de estos ciudadanos.
Actualmente, el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores contempla como causa justificada para despedir a un trabajador cuando a este se le diagnostica una gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador. Es decir, se produce un despido automático del trabajador sin llegar a valorarse si puede desempeñar otras funciones dentro de la empresa.
El despido tiene que ser la última opción
La modificación del Estatuto de los Trabajadores, no pretende prohibir de forma unilateral el despido por incapacidad sobrevenida, sino que no sea de forma automática. Es decir, la nueva normativa lo que vendrá a decir es que en estos casos la empresa, antes de despedir al trabajador, deberá buscar una solución alternativa, como puede ser la decolación en otro puesto dentro de la empresa.
Por tanto, se busca mantener el empleo y que solo se produzca el despido cuando sea imposible recolocar al trabajador porque su coste sea excesivo para adaptar al trabajador o bien carezcan de puestos de trabajo que puedan adaptarse a la nueva situación del trabajador.
Europa prohíbe el despido automático por causa de invalidez o incapacidad permanente
La Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, recoge la prohibición de la automatización del despido por causa de invalidez o incapacidad permanente, por lo que con esta modificación España se ajustará a la normativa europea.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya indicó que el Estatuto de los Trabajadores es contrario a esta directiva al responder a una consulta realizada por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares sobre la compatibilidad del Derecho español con la obligación de realizar ajustes razonables antes de despedir a un empleado.

