El Estatuto de los Trabajadores lo recoge y el Supremo lo confirma: la formación obligatoria de la empresa cuenta como tiempo de trabajo

La ley y la doctrina judicial dejan claro que los cursos exigidos por la empresa deben pagarse y no pueden imponerse en el tiempo libre sin compensación

Muchos trabajadores siguen teniendo la misma duda cuando la empresa les obliga a hacer un curso ¿Ese tiempo cuenta como tiempo de trabajo? La respuesta es que sí.

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 23 el derecho a la formación profesional dentro de la relación laboral. Es decir, la empresa tiene que dar la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. Por ejemplo que cambien la maquinaria que utilices, el software, etc. Toda esta formación por supuesto corre a cargo de la empresa.

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Pero el punto clave de dicho artículo está en el apartado 1.d) que dice que el tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo. Por consiguiente el trabajador no tiene que devolver esas horas.

Artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores
Artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores Promoción y formación profesional en el trabajo | Foto BOE

Igualmente, el Estatuto recoge un permiso de 20 horas al año remunerado si el trabajador decidiera hacer un curso por su cuenta siempre que esté relacionado con su trabajo.

El Supremo confirma que la formación obligatoria de la empresa es tiempo de trabajo efectivo

El alto Tribunal tuvo que intervenir en una demanda de los sindicatos en la que se discutía si el tiempo dedicado a realizar cursos obligatorios de revalidación de certificados profesionales debía considerarse tiempo de trabajo. Incluso el desplazamiento de los mismos.

El Tribunal Supremo en su sentencia 753/2025 (STS 3821/2025) confirmó lo que dice el artículo 23.1d del Estatuto de los trabajadores, que la formación necesaria para la adaptación al puesto debe ser a cargo de la empresa y se considera tiempo de trabajo efectivo.

Aunque en el caso analizado eran cursos obligatorios por normativa externa (no por decisión directa de la empresa) si afectaban directamente al mantenimiento del puesto, ya que eran una exigencia sobrevenida del puesto por cambios normativo. Pero debe considerarse formación vinculada al contrato de trabajo.

Por tanto, se aplica lo que dice el Estatuto de los Trabajadores.

Qué pasa si te obligan a formarte fuera del horario

En estos casos, el trabajador tiene derecho a una compensación. Puede ser económica o en forma de descanso.

Lo más habitual es que se considere tiempo extra, con el correspondiente pago como horas extraordinarias.

Además, hay un detalle importante que muchos desconocen. El tiempo de desplazamiento hasta el centro de formación también debe computarse como tiempo de trabajo.

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