jueves 18 abril 2024

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¿Es legal que la empresa me obligue a realizar un curso?

Las empresas necesitan que sus empleados actualicen sus conocimientos y se ajusten a las nuevas demandas laborales, por ello en ocasiones los trabajadores se pueden ver obligados a hacer determinados cursos.

La formación está a la orden del día y son muchas las empresas que ofrecen a sus trabajadores cursos  para mejorar sus capacidades dentro de la empresa. En ocasiones estos cursos se hacen fuera del horario laboral, por lo que los trabajadores se cuestionan si tienen o no obligación de asistir a estos cursos.

Con respecto a la obligación de asistir al curso, la empresa puede obligar al trabajador a asistir a cursos, siempre que estos estén relacionados con las funciones del puesto de trabajo, y cuyo contenido forme parte de los cometidos y de la clasificación profesional de sus trabajadores.

Por ejemplo, imaginemos que en tu empresa traen maquinaria nueva cuya funcionamiento es diferente a las antiguas. Es obligación de las empresas ofrecer formación a sus trabajadores.

Recuerda que la formación es un derecho del trabajo y está recogida en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores y también en el artículo 23.

Lo mismo sucede cuando se trata de formación en materia de prevención de riesgos laborales, al tratarse de una obligación exigida por la ley. Por lo que los empleados no pueden negarse a hacer esta formación. Así lo indica tanto el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores como el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

¿Y si la formación es fuera del horario laboral?

La formación de los trabajadores debe realizarse en el horario laboral del trabajador. Pero en ocasiones puede ser que estas se realicen fuera del horario laboral.

Lo que todo trabajador debe saber es que el tiempo de formación computa como horas de trabajo. Es decir, si haces un curso de formación por parte de la empresa, esta no puede obligarte luego a recuperar esas horas. Igualmente, si lo haces fuera del horario laboral, la empresa deberá compensártelas, ya sea con horas libres o con salario.

Además, si el curso se realiza fuera del centro de trabajo, la empresa deberá asumir los costes de desplazamiento del trabajador. Así como compensar el tiempo de desplazamiento y las horas en las que el trabajador haya excedido su jornada.

¿Qué sucede si me niego a realizar una formación obligatoria?

No te puedes negar, salvo que puedas justificar el motivo por el cual te niegas a realizar la formación. Si el motivo que el trabajador brinda a la empresa no justifica su negativa, la empresa podrá tomar medidas. Es decir, podrá aplicar una sanción al trabajador.

Dependiendo del convenio colectivo aplicable, la falta puede ser considerada como grave, lo que implicaría una sanción de suspensión de empleo y sueldo.

¿Podrían despedirme por ello?

Si hablamos de poder, podrían, que sea procedente o improcedente, ya sería un juez tras revisar el caso.

Pero tienes que entender que el Despido disciplinario se basa en incumplimientos graves y culpable del trabajador. Entre estos incumplimientos se encuentra la indisciplina o desobediencia en el trabajo.

No obstante, por negarte una vez a realizar un curso y ser despedido, un juez podría determinar que es una medida desproporcionada y dar el despido por improcedente.  Un caso algo parecido, es el de la trabajadora, que aun faltando 176 veces a su puesto, el despido fue considerado como improcedente.

En resumen, cuando tengas que hacer un curso obligado por la empresa, esta debe ser dentro de tu jornada laboral y si no lo es, compensarte esas horas.

 

 

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