Este martes 30 de enero el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, con efectos desde el día 1 de enero de 2024.
De modo que con carácter retroactivo aumenta un 5% la base de cotización máxima para 2024, que queda establecida en 4.720,50 euros mensuales, según los parámetros fijados en la reforma de pensiones aprobada en la anterior legislatura.
En dicha reforma se establece que desde 2024 y hasta 2050, subirán con el IPC más una cuantía fija de 1,2 puntos cada año de este periodo. El Índice de Precios de Consumo (IPC) se situó en 3,8% sumando 1,2 puntos son el 5% de la subida.
Bases de cotización para 2024
Los topes máximos y mínimos de las bases de cotización para este año 2024 quedan fijados de la siguiente manera:
- Base máxima de cotización: 4.720,50 euros mensuales.
- Base mínima de cotización: salario mínimo interprofesional vigente. En este sentido, es importante indicar que la base mínima es el salario bruto anual divido en 12 pagas, así la base mínima queda provisionalmente en 1.260 euros mensuales.
¿Por qué la base mínima de cotización es provisional?
Es importante indicar que estas bases de cotización al son provisionales, ya que tras el acuerdo entre Gobierno y sindicatos el SMI volverá a subir en 2024. Concretamente, un 5% por lo que pasará a ser 15.876 euros al año. Esto supone también una subida en la base mínima que quedará establecida en 1.323 euros mensuales.
Estas nuevas bases de cotización mejorarán las futuras prestaciones a nivel contributivo de los trabajadores, tanto las de protección por desempleo como las pensiones de jubilación, cuyas cuantías se calculan tomando como referencia las bases de cotización.
Tipos de cotización
En lo referente a los tipos de cotización que se aplican a la nómina de los trabajadores, la única novedad es la ya anunciada subida del “no impuesto” Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que pasa al 0,7% (0,12% del trabajador y el 0,58% a cargo de la empresa).