Los equipos de fútbol funcionan exactamente igual que una empresa, es por ello que se rigen por las mismas normas laborales que el resto. De modo que si una empresa no cumple con la ley, es sancionada.
Es lo que le ha ocurrido al equipo de fútbol SD Eibar como ha comunicado CCOO. Este equipo de fútbol, decidió despedir a su trabajador tras este solicitar una reducción de jornada para cuidado de su madre. Ahora el juzgado de lo Social de Eibar ha declarado este despido nulo, por lo que el Eibar está obligado a reincorporar al trabajar y pagarle los salarios de tramitación, además de una indemnización de 6.251 euros.
Por qué el despido es declarado nulo
Los hechos se remontan al pasado mes de junio del pasado año, cuando el trabajador del Eibar solicitó al club una reducción de jornada de 1/8 durante un año natural para poder cuidar de su madre, la cual cuenta con un certificado de discapacidad del 35%.
Tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.6, los trabajadores que tengan a su cuidado directo algún menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria. Esto conlleva una disminución proporción del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.
Según indica la sentencia, la SD Eibar, le concede un permiso retribuido de dos meses. El trabajador responde que no ha solicitado permiso retribuido alguno y lo rechaza.
Carta de despido disciplinario
Fue entonces cuando recibió la carta por despido disciplinario. Tras recibir la carta, el trabajador presentó la papeleta de conciliación y tras no llegar a un acuerdo interpuso una demanda por despido, por considerar que se vulneraba su derecho a la conciliación familiar. Un derecho que recoge el artículo 34. 8 del Estatuto de los Trabajadores.
La justicia le ha dado la razón, dejando probado que las acusaciones de la SD Eibar en la carta de despido no tienen justificación alguna. Dado que el trabajador había solicitado ejercer su derecho a la conciliación familiar con una reducción de la jornada para el cuidado de su madre con discapacidad, el juez ha entendido que se ha habido una vulneración de sus derechos fundamentales.
Por tanto, el despido es declarado nulo, condenando a la empresa a su reincorporación a los salarios dejados de percibir desde la fecha efectiva de su despido hasta la resolución y a una indemnización.