miércoles 4 octubre 2023

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Despedida por mojar el Iphone de un cliente para que el seguro le diera uno nuevo

El despido de la trabajadora ha llegado hasta el Tribual Superior de Justicia de Castilla y León, que finalmente ha confirmado la procedencia del despido.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) ha confirmado el despido procedente de una empleada de una conocida tienda de telefonía móvil tras ser pillada sumergiendo en agua el teléfono de un cliente para que el seguro lo reemplazase por uno nuevo.

La trabajadora alegó que había tomado la decisión de introducir el teléfono móvil, que era un iPhone, bajo en agua para mantener contento al cliente, pues este solicitaba un terminal nuevo, ya que este presentaba una serie de daños como la pantalla rota y el micrófono no funcionaba del todo bien.

Dado que tanto la reparación como el terminal nuevo lo pagaría la franquicia, se decidió por dañar más el terminal para que así se obtuviera uno nuevo.

La Sala declara que la actitud de la trabajadora entraña un intento de fraude manifiesto y que su conducta no se puede amparar en el hecho de que intentaba mantener al cliente contento.

En realidad el móvil era de un amigo

Aunque la trabajadora trató de defender su acto como bueno para la empresa por mantener contento a un cliente habitual, resulto que el iPhone era de un amigo suyo.

Según los hechos probados por parte de la empresa, cuando acudió un auditor a la tienda, al excusarse para ir al baño, notó que en el váter estaba sumergido un teléfono móvil y a su lado había un informe de reparación.

Ante esta situación exigió a la responsable de la tienda explicaciones de por qué estaba ese teléfono móvil en el baño, ante el desconocimiento de la empleada decidió comunicarlo en el WhatsApp de la empresa. A través del grupo, la trabajadora contesta que el terminal pertenece a un amigo suyo que le había comunicado que no funcionaba bien y ella tomó la decisión de sumergirlo para obtener uno nuevo.

Aunque la trabajadora a través de un email que remitió a la empresa se retractó, e indicó que el móvil era de un cliente habitual que solicitaba un terminal nuevo.

diferencia entre despido improcedente y procedente
Trabajador marchándose tras ser despedido | Foto Drazen Zigic Freepikcom

Transgresión de la buena fe

Finalmente, la empresa le entregó la carta de despido disciplinario por infringir el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores.

A pesar de los hechos probados, la trabajadora decidió impugnar el despido y el juzgado de primera instancia desestimó su demanda, por lo que decidió recurrir al Tribunal Superior de justicia al considerar que el despido debía calificarse de nulo o, subsidiariamente como improcedente.

Pero, el TSJ ha vuelto a dar la razón a la empresa y califica el despido como procedente, además indica en la sentencia que ‘la trabajadora debe actuar conforme no solo a los criterios marcados por la empresa‘, sino que, además, ‘ha de observar la legalidad ordinaria‘ y ‘pretender defraudar al seguro causando daños por agua intencionadamente para que asuma la reposición de otro terminal evidentemente vulnera los límites legales‘.

De modo que por querer hacerle un favor a un amigo, se queda sin trabajo.