Despedido un controlador de parquímetros tras arrancar y pisotear el cartel de un padre por su hijo fallecido y gritar “un muerto menos”: deberán pagarle 40.397 euros o readmitirlo

El tribunal considera improcedente el despido porque no se probó ni la embriaguez habitual ni que afectara al trabajo, pese a la gravedad de los hechos

Despedir a un trabajador por una conducta grave no siempre es suficiente para que la decisión sea válida, por muy despreciable que pueda parecer la conducta es importante para la empresa poder justificar el despido si no puede verse como ese despido se vuelve en su contra.

Es lo que ha ocurrido con un controlador de parquímetros que supuestamente según alegó la empresa bajo los efectos del alcohol durante su jornada de trabajo insultó a un padre que había puesto un cartel en memoria de su hijo fallecido. Es más incluso al tirarlo al suelo lo pisoteo. La justicia ha declarado el despido improcedente y obliga a la empresa a readmitirlo o pagarle 40.397,56 euros.

Además de insultar al hombre le gritó: ¡Un muerto menos para el Estado!

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Los hechos ocurrieron el 25 de octubre de 2023. El trabajador, que llevaba desde 1998 en la empresa como controlador de parquímetros, arrancó un cartel colocado por un padre para convocar una concentración en memoria de su hijo fallecido.

Según recoge la sentencia, lo pisoteó y escupió sobre él. Además, se dirigió al padre con frases especialmente graves, como decirle que tendría la misma suerte que su hijo o gritar “un muerto menos para el Estado”.

Todo sucedió durante su jornada laboral. Posteriormente, la Policía Local le realizó una prueba de alcoholemia, con un resultado de 0,13 mg/l. El trabajador también reconoció haber consumido marihuana horas antes de empezar a trabajar. Aunque el trabajador fumaba marihuana por un dolor crónico de clavícula que padece.

Tras estos hechos y que apenas unas semanas antes había sido sancionado por falta muy grave de rotura del dispositivo PDA (aunque no es firme al haber sido impugnada en vía judicial)  la empresa le entregó la carta de despido disciplinario. En la carta de despido se le indicaba que su despido se debía a una falta grave de respeto al público y por el consumo de alcohol y drogas durante la jornada ambas calificadas como faltas muy graves.

El despido pasó de procedente a improcedente

En un primer momento, el Juzgado de lo Social número 2 de Toledo dio la razón a la empresa, al considerar los hechos probados y suficientemente graves para justificar el despido disciplinario.

Sin embargo, tras recurrir el trabajado,  el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en su sentencia 258/2026 (STSJ CLM 365/2026) dio un giro al caso al cambiar el criterio y declarar el despido improcedente.

El tribunal consideró que no se dieron los requisitos legales para justificar el despido por consumo de alcohol o drogas, ya que la ley exige dos condiciones que son:

  • Que el consumo sea habitual
  • Que tenga un impacto negativo en el trabajo

El tribunal concluye que ninguna de las dos quedó acreditada. Ni se probó que el trabajador consumiera de forma habitual, ni que ese consumo afectara a su desempeño laboral.

Además, aunque reconoce que la conducta fue “reprochable”, considera que encaja en una falta grave del convenio, sancionable con suspensión de empleo y sueldo, pero no con despido. De modo que sancionar con el despido, es una sanción superior y no cumple con el principio de tipicidad.

Indemnización de más de 40.000 euros o readmisión

Al declararse improcedente el despido, la empresa debe elegir entre dos opciones:

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