En los últimos días, se compartió en las redes sociales un vídeo en el que aparece un repartidor de Correos abriendo en la parte trasera un paquete.
Como era de esperar, el vídeo fue compartido por miles de usuarios, que no dudaron en mostrar sus quejas y preocupación por la seguridad de sus envíos. Finalmente, Correos ha tomado cartas en el asunto y ha identificado a su trabajador y ha procedido a despedirlo.
Despido disciplinario para el trabajador de Correos
En el vídeo, se puede ver como el repartido abre un paquete y saca su contenido arrancando la etiqueta. No ha trascendido en qué localidad ha sido grabada la escena, tampoco en qué fecha, lo único que se concluye con el video es que es un trabajador de correos por el uniforme que lleva.
Graban a un repartidor de Correos supuestamente robando un paquete. pic.twitter.com/HlcdCOD8fQ
— Wall Street Wolverine (@wallstwolverine) May 9, 2023
Si observamos el convenio colectivo de Correos, en su artículo 85, que recoge las faltas consideradas como muy graves, se encuentra en su primer apartado lo siguiente: «La violación del secreto de la correspondencia postal o telegráfica, su detención arbitraria o contra derecho, su intencionado curso anormal, su apertura, sustracción, destrucción, retención u ocultación y, en general, cualquier acto que suponga infidelidad en su custodia».
En el artículo 86 de su convenio, una falta muy grave puede ser sancionada con suspensión de empleo y sueldo de dos meses y un día a seis meses, inhabilitación para el ascenso, traslado forzoso sin derecho a indemnización y por último despido.
Un despido disciplinario, además de la perdida del trabajo, tiene como consecuencia que no hay derecho a indemnización. Pero si a finiquito, recuerda que aunque en la liquidación se suele incluir todo, son conceptos totalmente diferentes.