sábado 1 febrero 2025
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¿Cómo afecta la baja laboral a la pensión de jubilación?

Así afecta la baja laboral a la jubilación

Cuando un trabajador está de baja laboral, teme que se produzcan recortes salariales, pues se pregunta si seguirá cobrando su salario o bien su prestación será inferior. Pero también está el temor a ser despedido durante la baja, aunque en este sentido la ley ya protege a los trabajadores y en caso de despido injustificado y que se pueda demostrar que es la baja la causa del despido, este será nulo.

Si miramos más allá, de cara al futuro, la jubilación es el objetivo de todos los trabajadores, siendo importante conseguir la pensión más alta posible, pues será con la que se tenga que vivir el resto de nuestros días. Es por ello que también preocupa como puede afectar una Incapacidad Temporal (IT) a la pensión de jubilación.

¿Cómo afecta la baja laboral para la jubilación?

La Ley General de la Seguridad Social específica que durante el tiempo que un trabajador está de baja continúa cotizando para la jubilación, por lo que este periodo no se excluye a la hora de calcular la futura pensión.

Durante la Incapacidad Temporal, el trabajador recibe una prestación contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la cual está destinada a cubrir la pérdida de ingresos durante el período en que no se puede trabajar debido a una enfermedad o lesión temporal. Para ser exactos, durante la baja laboral, el trabajador no causa baja en la Seguridad Social, por lo que sigue estando dado de alta y, por tanto, cotizando cada día como si estuviera trabajando.

¿Y si la incapacidad laboral deriva en una incapacidad permanente?

La cosa cambia cuando una baja laboral por enfermedad o lesión se prolonga durante un largo periodo y el trabajador no puede reincorporarse a su puesto de trabajo, pues podría ser evaluado para una incapacidad permanenteSi tras un año el trabajador no se recupera, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podría prorrogar la baja médica durante otros 180 días, siempre y cuando haya una previsión de una posible mejora.

Si tras ese periodo de prórroga de baja no hay mejoraría, entonces el trabajador pasaría a obtener una incapacidad permanente y cobraría una pensión por invalidez. Esta pensión, al ser también contributiva, no afectaría a la futura pensión de jubilación.

Dependiendo del grado de incapacidad permanente, siempre que sea un mínimo de un 33%, la cuantía asignada corresponderá con el 55% pudiendo ascender al 75% cuando el trabajar tenga 55 años de edad.  En el caso de que la baja sea por una incapacidad permanente total, se cobrará el 100% de la base reguladora.

Por último, cuando el trabajador llegue a la edad de jubilación, pasará de cobrar la prestación por incapacidad a cobrar la jubilación que le corresponda.

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