Esta casilla recoge la reducción por tributación conjunta.
Desde que comenzó la campaña de la Renta el 7 de abril, muchos de los contribuyentes tienen muchas dudas, sobre todo aquellos que durante el 2020 han estado en un ERTE o aquellos que son beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
A la hora re realizar la declaración de la Renta es muy importante saber cuáles son las casillas en la que hay que reflejar ciertas deducciones o reducciones a las que nos podemos acoger en función de nuestras circunstancias personales y familiares.
Una de estas casillas es la 461.
Esta casilla recoge la reducción por tributación conjunta, es decir, se suman los ingresos de la unidad familiar, la cual permite a los contribuyentes beneficiarse de reducciones en la base imponible de la Renta.
Requisitos y reducciones por tributación conjunta.
Para poner hacer una declaración de la Renta conjunta se deben cumplir los siguientes requisitos.
- Formar parte de un matrimonio no separado legalmente con o sin hijos.
- Formar parte de una familiar monoparental en la que se incluyen padre y madres no casados con hijos, así como separados legalmente con menores de edad o mayores con discapacidad a cargo.
- Eso sí, en el caso de los padres no casados o parejas de hecho, solo uno de los dos podrá realizar esta declaración conjunta junto a sus hijos.
Si cumplimos estos requisitos, el importe de la reducción conjunta será de 3.400 euros para los casos de matrimonios no separados legalmente, y de 2.150 euros para el resto de supuestos contemplados por la Agencia Tributaria.
El importe de la reducción también aparecerá en la casilla 491, dentro del apartado de reducciones de la base imponible general.
Por último, aunque en pocos casos se da, cabe la posibilidad de que no se aplique la reducción su totalidad, este saldo aparecerá en la casilla 506 de la base determinable del ahorro.
Fuente: Agencia Tributaria