Atención si cobras ayudas del SEPE en 2025: en 2026 tendrás que hacer la declaración de la renta

La reforma de los subsidios aprobada a finales de 2024 trabajo consigo muchas mejoras, entre ellas el aumento de la cuantía de estas ayudas del SEPE (salvo la del subsidio para mayores de 52 años). Pero también trabajo consigo nuevas obligaciones para los desempleados, como por ejemplo tener que presentar la declaración de la Renta.

Esta obligación según la norma iba a entrar en vigor en 2025, pero dado que la reforma se aprobó a finales de año y, por tanto, durante la mayor parte del año no existía esa exigencia, podría generar inseguridad jurídica  obligar a miles de personas a presentar una declaración que no estaban obligadas cuando cobraron la ayuda. Así lo explicó la Agencia Tributaria en su web.

¿Por qué hay que presentar la declaración de la Renta?

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Es la pregunta de muchos desempleados y es que antes, salvo que por ingresos alcanzarán el límite de rentas que obligaba a presentarla, muchos se libraban de hacerla. Pero ahora tendrán que hacerla sí o sí, independientemente de sus ingresos, al igual que sucede con los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

La declaración de la renta (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)) sirve principalmente para que cada contribuyente liquide, o compense, su obligación fiscal por los ingresos obtenidos durante un año.

Pero sobre todo cobra importancia de cara a los subsidios por desempleo, ya que estos se conceden si el beneficiario ha tenido rentas inferiores al 75% y con la declaración de la Renta el SEPE puede conocer mejor si han tenido rentas superiores o algún ingreso que pudo cambiar su situación de beneficiario, como por ejemplo una herencia.

¿Hacer la declaración implica pagar siempre?

No. Presentar la declaración no significa que siempre haya que pagar. Todo depende de las retenciones aplicadas y de las deducciones que correspondan. Muchas personas que cobran prestaciones o subsidios suelen tener retenciones bajas y en algunos casos pueden encontrarse con que la declaración sale a pagar. En otros, las retenciones son suficientes y no tendrán que pagar nada. Incluso puede salir a devolver si se han aplicado retenciones de más o existen deducciones que rebajan la cuota.

Lo importante es entender que la presentación será obligatoria, aunque el resultado no siempre sea negativo para el contribuyente.

La obligación afecta tanto a subsidios como a la prestación contributiva

Aunque muchos beneficiarios pensaban que el cambio solo afectaba a los subsidios asistenciales, la normativa incluye también a la prestación contributiva por desempleo. Por tanto, cualquier persona que reciba una ayuda gestionada por el SEPE en 2025 tendrá que presentar la declaración.

Quedan incluidos quienes cobren el paro completo, quienes reciban subsidios como el de mayores de 45 años, el de insuficiencia de cotización, el subsidio agrario y también el subsidio para mayores de 52 años. En este último caso se añade una carga más, ya que estas personas seguirán teniendo que presentar la Declaración Anual de Rentas ante el SEPE y además tendrán que hacer la declaración de la renta ante Hacienda.

Qué pasa si no se presenta la declaración cuando sea obligatoria

La normativa recoge que, cuando la obligación esté plenamente en vigor, el SEPE podrá suspender el pago de la prestación o el subsidio si el beneficiario no presenta la declaración. En algunos casos también podrá reclamar cantidades que considere cobradas indebidamente.

Por eso es importante que quienes estén cobrando ayudas en 2025 tengan claro que en 2026 deberán presentar la renta, aunque nunca antes lo hubieran hecho. Esta obligación llega para quedarse y formará parte del sistema asistencial del SEPE.

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