El Presidente del Gobierno de España, Pedro Sanchez presento el pasado 12 de noviembre, una nueva reforma laboral, aparte de la subida del salario minimo a 900€ que de salir adelante, los trabajadores tendrán que volver a fichar a la entrada y salida de su puesto de trabajo.
El Estatuto de los Trabajadores reconocerá como derecho laboral básico de cada empleado «conocer la duración y distribución de su jornada ordinaria de trabajo, como su horario de trabajo».
De este modo lo recoge el último boceto de propuesta de modificación del registro horario en las compañías que ha mandado el Ministerio de Trabajo a los sindicatos y los empresarios. El texto propuesto por el Ejecutivo reforma 4 artículos del Estatuto de los Trabajadores (4, 12, 34 y 35) y otro artículo más de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
De esta manera, a fin de que se haga efectivo este nuevo derecho de los trabajadores, la ley que regula el mercado de trabajo detallará en el artículo 34 del convocado Estatuto de qué manera van a deber registrar la jornada las compañías.
“Será de obligación de la compañía registrar la jornada de cada trabajador. Este registro de jornada va a ser diario y va a deber incluir el horario específico de entrada y salida”, señala el boceto legal del Ejecutivo.
Esto va a suponer, por consiguiente, la vuelta al tradicional sistema de fichar al llegar y al irse del trabajo, algo que las grandes compañias siguen utilizando.
La propuesta del Gobierno, que en cualquier caso precisará el respaldo parlamentario para salir adelante, recoge asimismo que “los convenios colectivos van a poder establecer la manera de organización del registro de jornada y de acceso al mismo de la persona trabajadora”.
Otra de las reformas que plantea el actuar Gobierno es limitar a 3 los tipos de contrato.
Además, otra novedad, que se incluirá en el artículo 35, va a ser que, aparte de que cada trabajador reciba mensualmente la relación de horas ordinarias y excepcionales que ha efectuado en tal mes, asimismo los representantes sindicales van a recibir esta información de toda la plantilla. Específicamente, el boceto elaborado por Trabajo señala que “los representantes de los trabajadores van a ser informados mensualmente por el empresario sobre el cumplimiento de lo preparado en este apartado”.
En materia de horas extra va a haber otro cambio: el empresario asimismo va a deber informar mensualmente a los representantes de los trabajadores sobre las horas excepcionales que ha hecho cada empleado, cualquiera que sea su forma de compensación. Para esto fuerza a la compañía a mandarles “copia de los resúmenes” del registro diario.
¿Cuando se consideran horas extras ilegales?