miércoles 24 abril 2024
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Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Baleares: requisitos y como se solicita

Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Baleares. Esta ayuda no es compatible con el Bono Joven y otras ayudas.

La ayuda para el pago del alquiler en Baleares abre hoy, 15 de noviembre, el plazo de solicitudes. Esta ayuda no es compatible con el Bono alquiler Joven. Aunque hay excepciones en los que si se podrá compatibilidad, pero la suma de las ayudas no podrá ser superior al importe de la mensualidad del alquiler

El objetivo de esta ayuda es el disfrute de una vivienda destinada a domicilio habitual y permanente en régimen de alquiler, a sectores de población con escasos medios económicos, mediante ayudas directas a los arrendatarios.

Por ello, el importe de la ayuda será del 50% de la renta, sin superar el límite máximo por vivienda de 3.000 euros anuales. Es decir, se abonará un máximo de 250 euros al mes.

Al igual que sucede con el Bono Joven de Alquiler, se abonará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022.

El plazo estará abierto desde este martes 15 de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2022. La concesión de esta ayuda para pagar el alquiler será de 12 meses.

Los interesados tienen un mes para solicitar la ayuda, aunque deben darse prisa en presentar la solicitud. Ya que, tal y como informo el Gobierno de la las Islas Baleares, las solicitudes se resolverán por orden de llegada (siempre que la documentación esté completa y correcta).

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda al alquiler?

  • Ser titular en calidad de persona arrendataria de un contrato de arrendamiento. La vivienda debe ser de uso habitual y permanente y por supuesto que esté ubicada en Baleares.
  • El contrato de alquiler debe estar por escrito.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos, ya sea trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia. Se deberá acreditar haber percibido ingresos en al menos tres meses en los seis meses inmediatamente anteriores al presentar la solicitud. Para ello se deberá presentar el informe de vida laboral.
  • Estos ingresos no pueden ser superiores a  3 veces el IPREM (Indicador de Renta de Efectos Múltiples). En el caso de unidad familiar, el límite de ingresos asciende hasta 4 o 5 veces el IPREM.
    • Familia numerosa de categoría general o personas con discapacidad, ingresos no superiores a 4 veces l’IPREM (32.424 €).
    • Familia numerosa de categoría especial o personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o con discapacidad del desarrollo con un grado igual o superior al 33% o personas con una discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65%, ingresos no superiores a 5 veces IPREM (40.530 €).
  • Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y Suiza.
  • Los pagos de la renta se tienen que hacer por transferencia bancaria, domiciliación o ingreso en cuenta bancaria.
  • Estar empadronado en el municipio donde resida. El alta en el padrón deberá estar vigente desde que inicia el periodo subvencionable. Es decir, la vivienda debe tener uso de residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria. Para ello se deberá presentar el padrón municipal vigente.

Además de estos requisitos, también hay que cumplir unos requisitos respecto al precio de la vivienda. De modo que el precio máximo de la vivienda no puede superar los 900 euros.

 

¿Cómo se presenta la solicitud para la ayuda joven de alquiler en Baleares?

Las solicitudes se harán de forma telemática a través de la web ajudeslloguer.caib.es, siendo necesario certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente. No obstante, aquellas personas que no puedan hacerlo online, podrán hacerlo con cita previa, recibir el apoyo necesario en todas las islas (Consejería de Movilidad y Vivienda, Dirección General de Vivienda y Arquitectura, oficinas del IBAVI tanto en Palma como las otras islas).

Los documentos a presentar son los siguientes:

  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • En el caso de personas extranjeras, copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si son extranjeros no comunicativos.
  • Justificantes de los pagos de alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.
  • En el caso de ser familia numerosa, el título de familia numerosa expedido por la Administración competente. Así como la declaración administrativa sobre el tipo y grado de discapacidad reconocido.
  • Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación que justifique que se cumple con el límite de rentas anuales.
  • Documentación que acredite de disponer de una fuente regular de ingreso, como el informe de vida laboral o nóminas de trabajo.

Puedes obtener más información en la web del Gobierno de las Islas Baleares

 

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