Cuando se produce un divorcio, separación o ruptura en una pareja que tiene hijos, el progenitor que no tenga la custodia debe pasar a la otra una renta mensual para cubrir las necesidades bÔsicas de los hijos que tengan en común.
Esto es lo que se conoce como pensión de alimentos, que no tiene nada que ver con la pensión compensatoria. En la sentencia de divorcio o de medidas paterno-filiales (segĆŗn se trate de matrimonio o pareja de hecho), se fija la cuantĆa, forma de pago y de actualización de la pensión de alimentos fijada.
La pensión de alimentos cada año debe actualizarse y esta lo hace en función del IPC para que los hijos no pierdan poder adquisitivo. Una de las principales dudas es saber cuanto y cuando se debe actualizar.
Como hemos mencionado, la forma de actualización vendrÔ indicada en la sentencia de divorcio o en el convenio regulador de divorcio.
¿CuÔndo hay que actualizar la pensión de alimentos?
La actualización puede realizarse a primeros de año o al mes que se cumplen años desde que se establecieron.
Actualización anual
En este caso se toma como referencia la fecha de la sentencia y hay que esperar al mes siguiente para actualizar la pensión. Por ejemplo, si la sentencia es de marzo de 2022, habrĆa que actualizar la pensión en abril de 2023.
Actualización de la pensión a primeros de año
Si la sentencia que aprobó la pensión indica que esta debe actualizarse con efectos de primero de enero, pues no hay muchas vueltas, en el mes de enero habrÔ que pasar la pensión de alimentos actualizada en el primer mes de año.
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¿Cómo se actualiza la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos se actualiza en función del Ćndice de Precios al Consumo (IPC). Este indicador representa la variación del coste de la vida y lo publica mensualmente el Instituto Nacional de EstadĆstica (INE)y organismo que lo sustituya.
El propio INE tiene una calculadora en su web que te ayudara a actualizar la pensión de forma automÔtica, introduciendo el importe a actualizar.
La herramienta es muy fĆ”cil de actualizar, si tu actualización es a primeros de aƱo, en el periodo oa actualizar entras que poner diciembre 2021 a 2022. SĆ, por el contrario, tu actualización es anual en función de la fecha de sentencia o bien por convenio, tendrĆ”s que introducir el mes de dicha sentencia.


