Sin duda la palabra vacaciones es una palabra tabú para un trabajador autónomo. Son muchos los que apenas cogen vacaciones o bien llevan años sin darse un pequeño descanso laboral para recargar pilas.
Estos trabajadores son los que más difícil tienen para desconectar del trabajo, es por ello que desde la Agencia Tributaria ofrecen 30 días de cortesía en las que no recibirán ninguna notificación.
Estos días de cortesía lo pueden solicitar los autónomos cada año natural. Eso sí, hay que solicitarlo con antelación y es necesario estar dado de alta en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada y haber realizado la suscripción a los procedimientos disponibles para la recepción de notificaciones de la Agencia Tributaria.
Es el caso de los autónomos que ejercen una actividad que requiera estar colegiado, los que son persona jurídica o los que representan a un interesado, están obligados a utilizar este sistema. También aquellos trabajadores por cuenta propia que voluntariamente hayan decidido darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas 060.
¿Por qué solicitar las vacaciones fiscales?
La razón es muy simple, si decides irte de vacaciones y no solicitas estas vacaciones, seguirás recibiendo notificaciones. No atender estas notificaciones puede acarrear sanciones de hasta 150 euros y hasta 600.000 euros en los casos más graves.
No importa que no leas la notificación, una vez Hacienda envía la notificación, el plazo para contestar está en marcha y pasado los 10 días, la Agencia Tributaria asume que el trabajador por cuenta propia ha recibido la notificación y comienza su periodo sancionador.
Cómo solicitar las vacaciones fiscales de Hacienda
Si eres trabajador autónomo y quieres irte de vacaciones y evitar esta sanciones, debes solicitar las vacaciones fiscales que ofrece la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda. Para ello debes tener en cuenta lo siguiente:
- Lo primero es que se deben solicitar con antelación. Concretamente con un mínimo de 7 días de antelación a las vacaciones fiscales deseadas.
- El número total de días que se pueden coger son 30 al año, se pueden coger días sueltos.
- Se deben marcar los sábados y los domingos como días de cortesía, ya que estos computan como tales.
- Los autónomos suscritos de forma voluntaria a la recepción de notificaciones electrónicas, solo tendrán días de cortesía sobre los procedimientos a los que esté suscrito.
¿Cómo solicitar los días de cortesía en Hacienda?
Para ello, debes acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y dirigirte al apartado «Mis notificaciones»
En el siguiente apartado pulsamos en «Todas las gestiones» y nos dirigirá a la página donde podemos ver todas las gestiones que podemos realizar. La que interesa está dentro de Suscripción, solicitudes y otras consultas, hacemos clic en «Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada«.
Seguidamente, el sistema pedirá que el autónomo se identifique por medio de certificado digital o Cl@ve Pin. Una vez identificado, el sistema muestra un calendario en el que hay que seleccionar los días que se quieren coger de cortesía. Recuerda que hay que pedirlo con 7 días de antelación.
Cuando tengas los días marcados en el calendario, pulsa sobre modificar para iniciar la solicitud. Si todo está correcto, los seleccionados días aparecerán en verde, entonces es puede hacer clic en validar para confirmar los días.
Por último, se debe pulsar sobre «Firmar y enviar«. En la siguiente ventana marca «Conforme» y pulsa nuevamente «Firmar y enviar». Acto seguido se generará un resguardo de solicitud con un código CSV de 16 caracteres y el calendario con los días de cortesía seleccionados y actualizados. Este resguardo lo puedes visualizar en formato PDF pulsando sobre «Visualizar el recibo de notificación».