Esta ayuda ofrecida por el Gobierno de España busca ayudar a las familias más vulnerables con hasta un 50% de descuento en la factura de la luz.
Todas aquellas personas o familias que reunan los requisitos pueden solicitarlo y la misma figura en el registrada en el Real Decreto 897/2017.
Esta ayuda se concede durante dos años siempre que se sigan cumpliendo los requisitos y además pasado ese tiempo si se mantienen ese requisito se debe renovar para no perderla.
¿Cuáles son los requisitos para poder ser beneficiario del Bono Social Eléctrico?
Para poder acceder a esta ayuda en la factura de la luz, las personas que lo soliciten deberán cumplir una serie de requisitos que serán los que marquen el porcentaje de descuento en la factura de la luz
Los solicitantes deberán tener contratado una potencia igual o inferior a 10Kw, siendo el solicitante de esta ayuda el titular del contrato de la luz, además de tratarse de su vivienda habitual.
Existen 3 tipos de usuarios que pueden acogerse a esta ayuda, sin embargo debido a la pandemia se han incluido una nueva categoría de consumidor vulnerable.
Consumidor Vulnerable. Quienes se encuentre dentro de este apartado contarán con un descuento del 25% de la factura de la luz.
Deben cumplir los siguientes requisitos.
- Que las rentas anuales sean inferiores a los indicadores IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El IPREM anual (2021) se sitúa en 7.908,60 € € repartidos en 14 pagas.
- Aumentará el porcentaje en 1,5 veces el IPREM cuando no se forme unidad familiar o no exista menores a su cargo
- Incrementará 2 veces el valor del IPREM cuando exista un menor a cargo en la unidad familiar.
- Elevará esta cantidad a 2,5 veces el valor del IPREM cuando en la familia exista dos hijos menores a cargo.
Consumidor en Vulnerable Severo: Quienes se encuentre dentro de este apartado contarán con un 40% descuento en la factura de la luz,
Deben cumplir los siguientes requisitos.
- La renta sea inferior al 50% del indicador IPREM (3.954,3 euros en 14 pagas).
- Cuando en la vivienda todos sean pensionistas y estos perciban la pensión mínima, ya sea por jubilación o invalidez permanente y que la renta sea inferior al valor del IPREM.
- Familias numerosas, cuando el indicador del IPREM sea inferior a dos veces su valor.
Consumidor en Riesgo de Exclusión Social. Quienes se encuentre dentro de este apartado contarán con un 50 % descuento en la factura de la luz.
Deben cumplir los requisitos de los consumidores Vulnerables Severos, además de ser atendidos por los Servicios Sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% de su factura.
Por último y debido a la pandemia del coronavirus se ha añadido un cuarto beneficiario, los afectados por el coronavirus, que contarán con un 25% descuento en la factura de la luz. Esta nueva categoría esta recogida en el Real Decreto-ley aprobado el 29 de septiembre de 2020.
Deben cumplir los siguientes requisitos.
- Estar bajo un Expediente Regulador Temporal de Empleo (ERTE).
- Hallan visto reducida su jornada laboral por motivo de cuidados o tengan que enfrentarse a cualquier otra circunstancia que haya mermado de manera drástica sus ingresos
- También tendrán esa calificación y ese derecho los titulares de los contratos en cuya unidad familiar haya alguno de sus miembros en paro, ERTE o reducción de jornada por cuidados.
Los empresarios que declaren una reducción de sus ingresos en un 75% también podrán ser beneficiarios del bono social eléctrico.
Existen límites de consumo en este Bono Social Eléctrico.
Estos límites son para los casos leves y graves, para los beneficiarios del descuento entre el 25% y el 40%,
COLECTIVO | LÍMITE MÁXIMO DE CONSUMO (kWh/año y hogar) |
Consumidores con 2 menores a cargo | 2.040kWh |
Consumidores con un menor a cargo | 1.680 kWh |
Consumidores sin menores a cargo | 1.200 kWh |
Familias numerosas | 3.600kWh |
Pensionistas | 1.680kWh |
Una ves superados estos límites de consumo, sobre el consumo añadido no se aplicarán descuentos.
¿Cómo solicitar el Bono Social Eléctrico?
Las personas interesadas en acogerse a esta ayuda en la factura de la luz y que cumplan los requisitos deberán presentar la siguiente documentación.
- DNI o NIE de la persona que figura como titular del contrato de luz.
- Libro de familia.
- DNI de los miembros de la familia que sean mayores de 14 años.
- Certificado de empadronamiento en la vivienda de todos los miembros de la familia.
- Título de familia numerosa, en el caso de que así sea.
- Declaración de la Seguridad Social de que, en caso de ser pensionista, se percibe pensión mínima.
Certificado de la Seguridad Social si algún miembro de la familia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. - Certificado de los Servicios Sociales en caso de que existan víctimas del terrorismo o de violencia de género en la unidad familiar.
Los vulnerables por coronavirus como tienen difícil acreditar con la renta la caída de ingresos sufrida durante 2020, los que quieran solicitarlo deberán presentar una declaración responsable jurada de su situación de vulnerabilidad o la de algún miembro de su unidad familiar y los ingresos de esta.
¿Cómo enviar la documentación?
La documentación puedes enviarla por varias vías:
- Presentando la documentación presencialmente en la Oficina de tu compañía eléctrica.
- Enviándola por correo postal
- Por Internet, accediendo a la web oficial de la compañía donde se tenga contratado el servicio eléctrico.
Comercializadora de Referencia | Teléfono | Dirección web | Dirección postal | Fax | Correo Electrónico |
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Endesa Energía XXI, S.L.U. | 800 760 333 | Endesa | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | |
Iberdrola Comercialización deÚltimo Recurso, S.A.U. | 900 200 708 | Iberdrola | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | |
Gas Natural S.U.R., SDG, S.A. | 900 100 283 | Gas Natural | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 934630906 | |
EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A. | 900 902 947 | EDP | Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo | 984115538 | |
Viesgo Comercializadora de referencia, S.L. | 900 10 10 05 | VIESGO | Aptdo. Correos 460, 39080 Santander | 910911464 | |
CHC Comercializador de Referencia S.L.U. | 900 814 023 | CHC | Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | 984115538 | |
Teramelcor, S.L.* | 800 00 79 43 | Teramelcor | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | |
Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A.** | 900 103 306 | Alumbrado Ceuta | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956519534 |
ENLACES DE INTERÉS:
- Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
- Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.