El Gobierno en vistas que con la «nueva normalidad» están comenzando a darse numerosos casos de contagios que precisamente muchos de ellos se han dado en los centros de trabajo, ha habilitado de forma extraordinaria y limitada en el tiempo a la Inspección de Trabajo que realice inspecciones en las empresas para comprobar que se cumplen con las medidas de seguridad e higiene contra el coronavirus.

Los inspectores supervisarán que las empresas cumplan con su obligación de adoptar las medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo, siguiendo los protocoles que se han establecido en cada caso.
Las empresas deberán disponer para sus empleados de geles hidroalcohólicos o desinfectantes, adaptar las zonas de trabajo para que se mantenga un distanciamiento social, con la organización de los turnos, evitando una gran afluencia de trabajadores en un mismo espacio.
Las empresas que no cumplan con los protocolos marcados por el Ministerio de Sanidad para ofrecer un espacio de trabajo seguro se enfrentarán a multas que oscilan entre los 2.046 y los 40.985 euros, todo dependerá de la gravedad de la infracción, a mayor número de trabajadores sin protección, mayor será la multa.
En el caso de que una empresa sea reincidente, es decir ya haya recibido un requerimiento previo no ha puesto solución a las deficiencias de seguridad e higiene la sanción será más elevada.

