Cuando se suele decir que hay que tener cuidado lo que se dice delante de compañeros de trabajo es por algo, al menos cuando no está en tu círculo de confianza aún, aunque siempre conviene intentar conseguir desenmascarar a ese compañero que va de amigo. Una lección que sin duda aprendió este trabajador de Mercadona que con casi 18 años de antigüedad fue despedido después de decirle a una compañera recién incorporada que la empresa «es una mierda, te paga bien, pero no te da días libres».
La trabajadora trasladó sus palabras a una coordinadora y, cuando esta le pidió explicaciones, la conversación acabó en una discusión en la que el empleado levantó la voz y golpeó una mesa. Mercadona decidió despedirlo por su comportamiento, pero la Justicia ha terminado dándole la razón al trabajador. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado que el despido fue improcedente, por lo que la empresa deberá elegir entre readmitirlo o pagarle una indemnización de 41.540,88 euros.
Una conversación con una trabajadora recién llegada a Mercadona acabó en una discusión con sus superiores
El empleado llevaba trabajando en Mercadona desde el 17 de septiembre de 2007 con un contrato indefinido a jornada completa, ocupaba el puesto de gerente de mantenimiento y cobraba 2.101,80 euros mensuales, con las pagas extraordinarias incluidas. Durante todos esos años no había recibido ninguna sanción disciplinaria.
Pero su situación laboral dio un giro inesperado para el cuándo el 14 de enero de 2025 se incorpora una nueva trabajadora para ocupar el puesto de médica y paso la jornada con él para conocer cómo funcionaban los distintos procesos de la tienda. Mientras le explicaba su trabajo, el empleado comenzó a hablar sobre las condiciones laborales en Mercadona y le dijo «Mercadona es una mierda, te paga bien pero no te da días libres».
La nueva compañera decidió contarle aquellos comentarios a su coordinadora y esta que tenía prevista una entrevista de evaluación anual con el trabajador para el 17 de enero, por lo que aprovechó ese encuentro para preguntarle por lo que había dicho.
La reacción del empleado fue inmediata y al escuchar las palabras que supuestamente había pronunciado delante de su compañera, levantó la voz, negó haberlas dicho y acusó a su superior de haberle preparado una encerrona. Durante la discusión también golpeó la mesa.
Después salió del despacho y se dirigió a la trabajadora que había contado lo sucedido. Le recriminó que hubiera trasladado aquella conversación a su coordinadora y le advirtió que iba a denunciarla. «Te voy a denunciar, tú no tienes autorización para decir nada de lo que yo te he dicho», le manifestó.
La compañera volvió a informar a su superior y ambas acudieron minutos después al cuarto de mantenimiento para hablar con él. Lejos de calmarse, el trabajador insistió en que todo había sido una encerrona y protestó porque nadie le había avisado de que se hacían informes sobre lo que decían los empleados. Durante este segundo encuentro volvió a hablar en voz alta y, visiblemente nervioso, comenzó a golpearse a sí mismo con los brazos en el tronco. La situación terminó con la decisión de la coordinadora de mandarlo a casa.
Mercadona lo despidió por faltas graves de respeto, pero llevaba casi 18 años sin sanciones
La empresa consideró que el comportamiento del empleado había sobrepasado los límites permitidos, ya que no solo había realizado comentarios despectivos sobre Mercadona delante de una nueva compañera, sino que después había protagonizado varios enfrentamientos con ella y con su superior.
El 25 de enero de 2025 le comunicó la apertura de un expediente disciplinario y le concedió dos días para presentar sus alegaciones, lo que se conoce como audiencia previa, un paso previo antes de que la empresa despida al trabajador por motivos disciplinarios. El trabajador respondió al día siguiente, pero sus explicaciones no evitaron que la compañía acabara notificándole el despido.
Mercadona entendía que los hechos constituían una infracción muy grave de su convenio colectivo, que sanciona los malos tratos de palabra u obra y las faltas graves de respeto hacia compañeros y superiores.
El trabajador, sin embargo, no aceptó perder su empleo por lo sucedido y decidió llevar su caso ante los tribunales, aunque antes presentó la papeleta de conciliación, pero durante la mediación no se llegó a ningún acuerdo y el caso avanzó hasta los juzgados.
La Justicia considera que su comportamiento fue incorrecto, pero no lo suficientemente grave para despedirlo
El trabajador consideraba que su comportamiento no tenía la suficiente gravedad para justificar el despido y por eso solicitaba que este fuera declarado improcedente. Es más jugó la baza a su favor de su impecable trayectoria dentro de la empresa, pues nunca había recibido ninguna sanción en las casi dos décadas que llevaba trabajando para la cadena de supermercados. Incluso había superado satisfactoriamente su evaluación anual, en la que obtuvo una puntuación de 8,3.
El Juzgado de lo Social número 2 de Benidorm dio la razón al trabajador el 16 de diciembre de 2025 y declaró su despido improcedente. Pero Mercadona no compartió aquella decisión y presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La compañía defendía que los hechos no podían tratarse como una simple discusión «acalorada». A su juicio, el empleado había actuado de manera agresiva, había levantado la voz, golpeado la mesa y realizado gestos intimidatorios contra sus compañeras, por lo que consideraba justificado el despido disciplinario.
Sin embargo, el TSJ Valenciano su sentencia 2367/2026 (STSJ CV 3752/2026) rechazó los argumentos de Mercadona. Los magistrados reconocen que el trabajador se comportó de manera incorrecta, pero entienden que sus palabras y su reacción no alcanzaron la gravedad necesaria para justificar la pérdida del empleo.
Para el tribunal, el comentario sobre Mercadona fue una expresión desafortunada utilizada como desahogo ante una compañera, sin que estuviera dirigida a insultar a una persona concreta. También considera que las protestas posteriores, aunque realizadas de forma exaltada, no contenían insultos ni intimidaciones.
Respecto al golpe sobre la mesa y los golpes que se dio a sí mismo, los magistrados entienden que reflejaban una pérdida de control emocional y un estado de nerviosismo, pero no una agresión ni un intento de agredir a las trabajadoras presentes.
Los jueces también han tenido en cuenta que todo ocurrió en un episodio aislado y de corta duración, que el empleado nunca había sido sancionado y que su evaluación profesional había sido satisfactoria. Por ello, consideran que la empresa no podía aplicar directamente la sanción más grave sin valorar estas circunstancias.
Aunque el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores permite despedir por ofensas verbales, indisciplina o incumplimientos de la buena fe contractual, exige que el comportamiento sea grave y culpable. El tribunal aplica el criterio de proporcionalidad previsto para los despidos disciplinarios y considera que Mercadona no acreditó una conducta con la gravedad suficiente para romper la relación laboral. La decisión recuerda a otro caso de un trabajador de Mercadona despedido después de criticar las condiciones laborales de la empresa, en el que la Justicia también consideró improcedente el despido.
Por tanto, Mercadona deberá elegir entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido, abonándole los salarios de tramitación que correspondan, o pagarle una indemnización de 41.540,88 euros, en cuyo caso la relación laboral quedará extinguida.

