Quiso abandonar el trabajo tras meses de insultos: la Justicia confirma el despido de la compañera que le decía «me das asco» y «no te me acerques»

La víctima acabó llorando y llegó a plantearse abandonar la empresa tras una serie de insultos y comentarios despectivos. El TSJ de Baleares concluye que la conducta de su compañera justificaba plenamente el despido disciplinario.

El acoso laboral o mobbing no siempre se produce entre jefe y empleado. En ocasiones e incluso siendo más habitual nacen entre compañeros de trabajo y terminan generando un ambiente tan hostil que la víctima llega a plantearse abandonar su puesto.

En estos casos, la empresa no puede mirar hacia otro lado. Tiene la obligación de actuar cuando las tensiones, los insultos o las humillaciones afectan a la convivencia en el centro de trabajo.

Anuncios

Eso es precisamente lo que ocurrió en un establecimiento hostelero de Mallorca. Una camarera acabó llorando durante su jornada laboral y llegó a manifestar que quería dejar su empleo tras meses de enfrentamientos con una compañera. La empresa decidió despedir a la trabajadora señalada por esos comportamientos y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado que su despido está más que justificado.

Una discusión por una cubitera que acabó descontrolándose

Los hechos ocurrieron en julio de 2022 en un restaurante de Mallorca. Todo comenzó cuando una trabajadora dejó una cubitera en el suelo durante el servicio. Aquello provocó la reacción de una compañera, que le recriminó el gesto de manera airada delante tanto de compañeros como de los clientes.

Según los hechos probados, su compañera (que termino siendo despedida) se dirigió a ella con gritos, malas formas y comentarios ofensivos como «no te me acerques», «te quiero lo más lejos posible de mí», «me das malas vibraciones» o «me das asco» delante de otros trabajadores e incluso de clientes.

La tensión generada fue tal que la compañera afectada terminó llorando y abandonó temporalmente su puesto para apartarse de la situación.

Ante el alcance de la discusión, ambas fueron llamadas para explicar lo sucedido al propietario del establecimiento. Pero ni siquiera ese encuentro sirvió para rebajar el enfrentamiento.

Finalmente, la empresa optó por entregarle la carta de despido disciplinario en la que señalaba su actitud irrespetuosa no solo a su compañera también hacia el propietario del restaurante y el perjuicio causado a la compañera y a la imagen del negocio.

La empleada al no estar conforme con la decisión empresarial, decidió demandar para impugnar su despido solicitando que este fuera declarado nulo al considerar que se le había discriminado porque solo fue despedida ella, cuando otros compañeros también participaron en el altercado. Subsidiariamente, solicito que fuera declarado improcedente al considerar  que los hechos se habían exagerado y que todo era una discusión laboral entre compañeras.

La Justicia confirma su despido

Tanto el Juzgado de lo Social número 3 de Palma como luego el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en su sentencia nº 210/2026 (STSJ BAL 455/2026) rechazaron sus pretensiones y confirmaron la procedencia de su despido disciplinario.

El tribunal concluyó que tanto los insultos como las ofensas verbales quedaron acreditados a través de los testimonios practicados en el juicio, por lo que descartaron que hubiera una simple discusión entre compañeras, si no una conducta ofensiva dirigida contra otra trabajadora que le generó una situación de malestar y angustia.

Es más, señala que los hechos ocurridos ese día ya eran graves por sí mismo, destacando que la conduta se produjo en dos momentos distintos de la misma jornada, primero durante el servicio y después cuando ambas subieron a hablar con el propietario del restaurante. Incluso varios testigos describieron una situación que venía produciéndose desde tiempo atrás, por lo que no fue un hecho aislado. Pero, sobre todo, los jueces tuvieron en cuenta que la víctima solía evitar responder cuando era recriminada y que llegó a manifestar su intención de abandonar la empresa porque no podía seguir soportando aquella situación.

En cuanto a la desproporcionalidad del despido, el tribunal entiende que no cabe aplicar una sanción menor por la gravedad de los insultos, la repetición de la conducta  y la escasa importancia del motivo que originó la discusión (una cubitera mal colocada) y su falta de empatía mostrada hacia la compañera, que acabó llorando e incluso se planteó abandonar la empresa porque no podía seguir soportando aquella situación.

De modo que confirman que su comportamiento hacia otra compañera fue lo suficientemente grave para justificar el despido disciplinario.

Relacionado
Últimas Noticias