Pacto de no competencia: qué es, cuándo es legal y cuánto deben pagarte según el Estatuto de los Trabajadores

Un pacto de no competencia es legal solo si la empresa te paga una compensación adecuada, existe un interés real y se respeta el límite de duración.

En España es legal trabajar en dos empresas a la vez, ya sea por cuenta ajena o bien emprendiendo un propio negocio. Sin embargo, hay que tener en cuenta si con la empresa para la que se trabaja existe un pacto de no competencia. ¿Qué es eso?

El pacto de no competencia es simplemente un acuerdo con la empresa por la que la empresa se asegura que durante el tiempo que estés trabajando con ellos, o incluso cuando ya no formes parte de la empresa, no le hagas competencia. Es decir, es como un ‘seguro’ para la empresa de que su trabajador no compita con la empresa ya sea marchándose a la competencia o bien porque decida emprender y crear su propio negocio en el mismo sector.

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En la práctica, supone que no podrás trabajar en empresas del mismo sector o desarrollar una actividad similar si eso perjudica a tu empleador. Pero para que este acuerdo sea válido debe cumplir unos requisitos mínimos establecido en el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores.

Diferencia entre pacto de no concurrencia y pacto de no competencia postcontractual

Pacto de no concurrencia (durante el contrato)

Mientras estás trabajando, te obliga a no competir con tu empresa. Esto se basa en el deber de buena fe recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

Según el artículo 21.1, no puedes trabajar para varios empresarios si existe competencia desleal o si se ha pactado exclusividad con compensación económica.

Esto significa que, por ejemplo, no podrías montar un negocio similar o trabajar para un competidor directo si afecta a tu empresa.

Pacto de no competencia postcontractual

Aquí es donde está el verdadero impacto.

El pacto de no competencia postcontractual es el que limita tu actividad una vez termina el contrato. Es decir, cuando ya no trabajas en la empresa.

Este tipo de pacto está regulado en el artículo 21.2 del Estatuto de los Trabajadores y solo es válido si cumple ciertos requisitos legales.

Artículo 21. Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa
Artículo 21 Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa Estatuto de los Trabajadores | Foto BOE

Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el pacto de no competencia

La ley es clara. Para que este pacto sea válido deben cumplirse tres condiciones:

1. Interés real de la empresa

La empresa debe tener un interés industrial o comercial efectivo. Es decir, debe existir un riesgo real de que el trabajador utilice conocimientos, clientes o información estratégica.

No se puede imponer este pacto “por si acaso”.

2. Compensación económica adecuada

El trabajador debe recibir una compensación económica adecuada.

La ley no fija una cantidad concreta, pero los tribunales han establecido que debe ser proporcional al sacrificio que supone para el trabajador.

De hecho, el Tribunal Supremo ha declarado nulos pactos en los que se pagaban cantidades muy bajas (por ejemplo, 35 euros al mes durante dos años), al no compensar realmente la limitación impuesta.

3. Límite de duración

  • Máximo 2 años para técnicos
  • Máximo 6 meses para el resto de trabajadores

Si se supera este plazo, el pacto puede ser nulo.

Un ejemplo de pacto de no competencia

Un ejemplo típico sería el de un comercial que tiene acceso a la cartera de clientes de la empresa.

La empresa puede pactar que, durante 1 año tras su salida, no trabaje en empresas del mismo sector en la misma zona geográfica, a cambio de una compensación económica.

Sin embargo, ese pacto solo será válido si cumple los requisitos legales: interés real, compensación adecuada y duración limitada.

Cuándo es ilegal o nulo un pacto de no competencia

Un pacto de no competencia puede ser declarado nulo en varios casos:

  • No existe compensación económica
  • La compensación es insuficiente
  • No hay un interés real de la empresa
  • La duración supera los límites legales

Además, los tribunales también han considerado abusivos aquellos pactos con penalizaciones desproporcionadas o que limitan en exceso el derecho al trabajo.

Cuánto se paga por un pacto de no competencia

La realidad es que no hay una cantidad fija establecida, en la práctica la compensación suele situarse entre el 20% y el 75% del salario anual, dependiendo del caso.

Además, puede pagarse de diferentes formas:

  • Como un plus en nómina (pacto de no competencia en nómina).
  • En un pago único.
  • Como parte del finiquito una vez finalizada la relación laboral.

Lo importante no es cómo se paga, sino que sea realmente proporcional.

Qué pasa si incumples el pacto

Si firmas un pacto de no competencia y lo incumples:

  • Podrás tener que devolver el dinero recibido
  • La empresa puede reclamar daños y perjuicios

Así lo recoge la jurisprudencia, que considera que el incumplimiento obliga a reintegrar la compensación económica percibida. Por eso es importante si te planteas trabajar en otra empresa estando de excedencia o en tus vacaciones si tienes o no un pacto de no competencia.

Pacto de no competencia y despido improcedente

Un punto importante que muchos trabajadores desconocen es que el pacto de no competencia sigue siendo válido aunque termine la relación laboral, incluso en casos de despido.

Esto se debe a que su efecto está pensado para aplicarse después del contrato, por lo que no desaparece automáticamente salvo que se acuerde lo contrario.

¿Me pueden obligar a firmar un pacto de no competencia?

No. La empresa no puede obligarte a firmar un pacto de no competencia.

Este tipo de acuerdos se basan en la voluntad de ambas partes, ya que no vienen impuestos directamente por la ley, sino que requieren un pacto expreso entre trabajador y empresa, tal y como se desprende del artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores.

Esto significa que:

  • No estás obligado a aceptarlo
  • Puedes negociar las condiciones (duración, compensación, alcance)
  • Puedes rechazarlo si no te interesa

Ahora bien, en la práctica, muchas empresas condicionan la contratación a la firma de este tipo de cláusulas. En ese caso, la decisión pasa a ser tuya, aceptar el puesto con esa limitación o no firmar y seguir con la búsqueda de empleo.

Qué pasa si no firmas un pacto de no competencia

Aunque no firmes un pacto de no competencia, sí sigues obligado a no hacer competencia desleal mientras trabajas en la empresa, en base al deber de buena fe recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

Es decir, no puedes trabajar para la competencia ni montar un negocio que perjudique a tu empresa mientras sigas contratado.

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