Una trabajadora que llegó a soportar jornadas de hasta 24 horas ha conseguido más de 116.000 euros tras decidir romper su contrato por las condiciones laborales que sufría. El Tribunal Supremo ha confirmado ahora su derecho a ser indemnizada.
Esta trabajadora solicitó la extinción indemnizada del contrato por incumplimiento grave de la empresa, lo que se conoce vulgarmente como ‘autodespido‘. La razón era por las jornadas abusivas y superiores a la legal que sufría, el impago de las horas extraordinarias que realizaba (la empresa incluso intentaba compensarla con el plus de asistencia y actividad).
La sentencia, de abril de 2026, avala que la empleada ponga fin a su relación laboral por incumplimientos graves de la empresa y a cobrar indemnización. Todo lo contrario que si hubiera solicitado la baja voluntaria, aunque su caso ha terminado bien para ella, el camino ha sido largo.
Jornadas de 24 horas y disponibilidad constante
La trabajadora, mecánica naval en el puerto de Santander con más de 17 años de antigüedad en la empresa, tenía un sistema de turnos que la obligaba a permanecer embarcada durante días completos, disponible las 24 horas.
Durante esas semanas, combinaba trabajo efectivo con largos periodos de guardia, en los que debía estar preparada para intervenir en cualquier momento. En la práctica, esto suponía una disponibilidad casi total, muy por encima de una jornada laboral normal.
Con este tipo de jornadas la situación se volvió insostenible, ya que en 2022 acumuló más de 1.500 horas de presencia, superando ampliamente los límites legales. Además, el sistema de trabajo incluía semanas completas de guardia y una obligación de respuesta rápida si era llamada, incluso fuera del horario habitual.
Además, una sentencia previa ya había declarado ilegal este sistema de trabajo, al considerar que parte de esos tiempos debían computarse como trabajo efectivo. Pese a ello, la empresa continuó aplicándolo.
Las horas extra no se pagaban correctamente
La empresa defendía que ese exceso de jornada quedaba compensado con un plus salarial. Sin embargo, ese complemento no reflejaba el trabajo real realizado fuera del horario ordinario.
Ante esta situación, la trabajadora acudió a los tribunales. No solo reclamó las horas extraordinarias, sino que solicitó extinguir su contrato por la gravedad de los incumplimientos conforme al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Puede dejar el trabajo y cobrar indemnización
Tanto el Juzgado de lo Social (ahora Tribunal de Instancia) como el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria le dieron la razón. Consideraron que la empresa incumplió de forma grave sus obligaciones en materia de jornada laboral.
Por ello, reconocieron su derecho a romper el contrato al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que permite al empleado marcharse con indemnización cuando la empresa incumple.
Inicialmente, la indemnización reconocida era de 74.016,08 €, pero la trabajadora recurrió al Tribunal Superior de Justicia para que se le reconociera una indemnización mayor y así lo hizo, finalmente la empresa la tendrá que indemnizar con 116.950,32 euros, más el pago de las horas extraordinarias no abonadas.
El Supremo confirma la indemnización
La empresa recurrió la decisión, pero el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia. Esto supone que la indemnización es firme y que se reconoce definitivamente que las condiciones laborales eran abusivas.
Además, el fallo refuerza que las horas extra deben pagarse correctamente y no pueden ocultarse bajo otros conceptos salariales.

