Despedido un trabajador de Bankinter que se autoautorizaba descubiertos y se devolvía 1.633 euros en comisiones falsas

El empleado utilizó su puesto para operar en sus propias cuentas, forzar comisiones y recuperarlas simulando errores.

Un trabajador de Bankinter ha sido despedido tras utilizar su propio puesto para operar en sus cuentas personales y obtener un beneficio económico. El caso ha llegado hasta el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que confirma la decisión de la empresa tras acreditarse una operativa irregular continuada.

El empleado no solo generaba descubiertos en sus cuentas, sino que además conseguía que el banco le devolviera las comisiones asociadas, como si se tratara de errores. En total, logró recuperar unos 1.633 euros en comisiones.

Se autorizaba a sí mismo a quedarse en negativo

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El trabajador, con más de diez años en la entidad y un puesto de responsabilidad como director de cuentas de pymes, utilizaba herramientas internas del banco para autorizar operaciones en descubierto en sus propias cuentas.

Esto le permitía mover dinero aunque no tuviera saldo suficiente, algo que cualquier cliente normal no puede hacer sin autorización externa.

Entre otras operaciones, llegó a generar descubiertos por importes de 8.941 euros, 10.741 euros y 12.500 euros en distintas fechas.

Generaba comisiones y luego simulaba errores para recuperarlas

Esos descubiertos provocaban automáticamente comisiones por parte del banco. Sin embargo, el trabajador aprovechaba su posición para iniciar procesos internos con los que solicitaba la devolución de esas cantidades.

Para justificarlo, alegaba supuestos errores en las condiciones o motivos comerciales. Incluso llegó a aportar correos electrónicos que él mismo elaboraba y que nunca habían sido enviados realmente.

El resultado fue que recuperó unos 1.633 euros en comisiones que él mismo había generado previamente.

La empresa lo despidió por fraude y abuso de confianza

Estos movimientos no pasaron desapercibidos para el sistema interno del banco, que detectó irregularidades en las cuentas del empleado. A partir de ahí, se inició una investigación interna y una auditoría que analizó sus operaciones y permitió reconstruir el mecanismo que estaba utilizando para generar descubiertos y recuperar comisiones.

Durante ese proceso, el propio trabajador terminó reconociendo los hechos. En un correo enviado a la entidad, admitió la operativa y mostró su arrepentimiento por lo ocurrido.

A pesar de su arrepentimiento, Bankinter consideró que estos hechos suponían una transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza y fraude en el desempeño de su trabajo, lo que encaja como falta muy grave según el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, justificaba su despido disciplinario.

El despido se produjo en enero de 2024 y fue validado inicialmente por el juzgado. El trabajador recurrió alegando, entre otras cuestiones, que la auditoría interna vulneró su derecho a la intimidad.

El tribunal mantiene el despido pese a las dudas sobre la auditoría

La defensa del trabajador se basaba en que si la auditoría interna vulneraba su derecho a la intimidad y la normativa de protección de datos debía considerarse inválida y, por tanto, no podían tenerse en cuenta los hechos derivados de la misma, lo que implicaría la nulidad o, al menos, la improcedencia del despido.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra en su sentencia 107/2026 (STSJ NA 169/2026)  reconoce que el análisis de las cuentas personales podría plantear dudas desde el punto de vista de protección de datos.

Sin embargo, considera que esto no invalida el despido por varios motivos:

  • El trabajador reconoció expresamente los hechos.
  • La operación irregular también se pudo acreditar por otros sistemas internos del banco.

De hecho, el propio empleado admitió su conducta y mostró su arrepentimiento en un correo enviado durante la investigación.

La sentencia destaca que no se trató de un hecho puntual, sino de una práctica repetida a lo largo del tiempo. El trabajador utilizó de forma consciente sus permisos internos para beneficiarse económicamente.

Además, el tribunal subraya que estas actuaciones vulneran directamente las normas internas de la entidad y la obligación de actuar con lealtad profesional. Por tanto, confirma su despido disciplinario sin derecho a indemnización.

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