Este trámite obligatorio debe presentarse antes del 31 de marzo de 2026 para seguir cobrando la pensión no contributiva

Las personas que cobran una pensión no contributiva deben cumplir cada año con un trámite obligatorio para no ver suspendido el pago de la prestación. En 2026, el plazo para hacerlo finaliza el 31 de marzo, y no presentarlo a tiempo puede tener consecuencias económicas importantes.

Se trata de la declaración anual de ingresos, un documento que permite a la administración comprobar que el pensionista sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas, indispensable para mantener este tipo de pensión.

Qué es la declaración anual de ingresos y por qué es obligatoria

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La declaración anual de ingresos es un documento distinto a la declaración de la Renta de la Agencia Tributaria. Su finalidad es que el organismo gestor pueda revisar la situación económica del pensionista y confirmar que sigue teniendo derecho a cobrar la pensión no contributiva.

En este documento deben declararse:

  • Los ingresos obtenidos durante el año anterior
  • Una previsión de ingresos para el año en curso
  • Cualquier cambio en la unidad económica de convivencia

Este trámite debe realizarse durante el primer trimestre de cada año, incluso cuando no se hayan tenido ingresos.

Modelo declaración anual de rentas de la pensión no contributiva de la Seguridad Social
Modelo declaración anual de rentas de la pensión no contributiva de la Seguridad Social

Quiénes deben presentar este trámite en 2026

La obligación afecta a todas las personas que perciben:

  • Una pensión no contributiva de jubilación
  • Una pensión no contributiva de invalidez

Uno de los errores más frecuentes es pensar que no es necesario presentar la declaración cuando no se han tenido ingresos. Sin embargo, la presentación es obligatoria en todos los casos, y no hacerlo puede derivar en la suspensión del pago.

Qué ocurre si no se presenta antes del 31 de marzo de 2026

Si una vez finalizado el plazo no se ha presentado la declaración anual de ingresos, el organismo gestor de la pensión no contributiva puede suspender cautelarmente el pago.

Esta suspensión no supone la pérdida definitiva de la pensión, pero sí implica dejar de cobrarla hasta que el pensionista regularice su situación y acredite que sigue cumpliendo los requisitos.

Cuando la documentación se presenta fuera de plazo y el derecho se mantiene, el pago puede reanudarse con efectos retroactivos. No obstante, la administración solo abona atrasos con un límite máximo de 90 días naturales, por lo que el retraso puede suponer la pérdida de una o varias mensualidades.

Cómo y dónde se presenta la declaración anual de ingresos

La declaración puede presentarse tanto de forma presencial como online.

De manera presencial, puede entregarse en:

  • Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier administración pública
  • Oficinas de Correos
  • Dependencias del organismo autonómico que gestione la pensión

También puede presentarse por vía telemática a través de la sede electrónica del IMSERSO, siempre que se disponga de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.

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