Giro inesperado en la ampliación del permiso por fallecimiento hasta 10 días: no se amplia en estos casos

A principios de octubre, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció que el permiso por fallecimiento de familiares se ampliará hasta 10 días hábiles. Una medida cogida de buen grado, pero que ahora ha dado un giro inesperado y ha cogido por sorpresa a muchos. ¿La razón? La medida no será igual para todos.  El nuevo permiso por fallecimiento se limitará únicamente a familiares por consanguinidad hasta segundo grado, dejando fuera a la familia política.

La propuesta, recogida en el borrador del Real Decreto-ley enviado a los agentes sociales, introduce un cambio relevante en la duración y distribución de este permiso, pero también genera polémica por la exclusión de suegros, cuñados y abuelos políticos.

¿Quiénes sí podrán disfrutar del permiso de 10 días?

Anuncios

La ampliación contempla un permiso de 10 días hábiles en caso de fallecimiento de los siguientes familiares:

  • Cónyuge o pareja de hecho
  • Hijos e hijas
  • Padres y madres
  • Abuelos y abuelas
  • Nietos y nietas

Estos familiares pertenecen al grupo de parentesco por consanguinidad de hasta segundo grado, y el permiso podrá distribuirse de forma continuada o discontinua dentro de las cuatro semanas posteriores al fallecimiento o desde la entrega de los restos mortales.

¿Quiénes quedan fuera de esta ampliación?

La propuesta excluye expresamente a los familiares por afinidad, es decir, a la familia política. Para este grupo, el permiso se mantiene en:

2 días hábiles, con posibilidad de ampliarse a 4 si es necesario desplazarse.

  • Esto afecta a:
  • Suegros y suegras
  • Cuñados y cuñadas
  • Abuelos/as del cónyuge

El Ministerio justifica la decisión señalando que el vínculo directo de sangre con el fallecido implica un impacto emocional y de cuidados mayor, aunque este argumento ha generado críticas por ignorar las realidades afectivas y familiares diversas.

Permiso flexible en su uso

Un aspecto novedoso del permiso es que los 10 días no tendrán que cogerse de forma inmediata o seguida. Se podrán usar dentro de las cuatro semanas siguientes al fallecimiento o desde la entrega de los restos, según convenga a la persona trabajadora. Esto permite una mayor flexibilidad para gestionar el duelo en función de las necesidades personales o familiares.

Un avance parcial, con críticas

Aunque desde el Ministerio se defiende la medida como “un avance en derechos laborales y de conciliación”, sectores sociales y laborales han cuestionado la discriminación entre familiares por consanguinidad y afinidad. En muchas familias, los suegros, cuñados o abuelos del cónyuge tienen un papel afectivo y cotidiano tan relevante como los parientes de sangre.

Pese a las discrepancias, Trabajo ha asegurado que seguirá adelante con la tramitación del decreto, que incluye otros permisos como el de 15 días para acompañar en cuidados paliativos, aunque todavía se encuentra en fase de diálogo social y podría subir modificaciones.

Pese a estos cuestionamientos, Trabajo ha asegurado que seguirá adelante con la tramitación del decreto, aunque todavía se encuentra en fase de diálogo social y podría sufrir modificaciones.

Relacionado
Últimas Noticias