La empresa te da una formación para empezar… y si te vas, te la cobra. Este abogado explica por qué es una práctica ilegal

En muchas ofertas de trabajo se indica que al trabajador se le dará formación previa, es decir, realizará un curso de formación inicial relacionada con su puesto o bien una formación obligatoria, como puede ser de Riesgos Laborales. Sin embargo, al llamado truco que las empresas están utilizando para convertir los contratos indefinidos en falsos temporales, se le suma, según el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, cláusulas sospechosas relacionadas con esta formación inicial.

De la Calzada asegura que esta práctica, aunque frecuente, es completamente ilegal y es cobrar al trabajador por una formación inicial si decide abandonar el puesto.

¿Qué tipo de formación es esta?

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Cuando una persona comienza a trabajar en una empresa, es común que reciba una formación inicial. Esta formación suele estar relacionada con el funcionamiento interno de la empresa, el conocimiento del producto, los protocolos de venta o incluso la prevención de riesgos laborales. En la mayoría de los casos, se trata de formaciones organizadas y costeadas por la propia empresa, destinadas a que el trabajador pueda desempeñar correctamente su labor.

Sin embargo, algunas empresas aplican una cláusula abusiva y es asignar un coste a esta formación y lo utilizan como herramienta de presión. ¿Cómo? Si el trabajador dimite (especialmente durante el periodo de prueba), le descuentan esa cantidad del finiquito, la última nómina o las vacaciones no disfrutadas.

El periodo de prueba y la trampa legal

El periodo de prueba está concebido como un tiempo en el que tanto la empresa como el trabajador pueden decidir libremente romper la relación laboral, sin necesidad de alegar causas ni ofrecer preavisos. Es, en teoría, una etapa de libertad mutua.

Pero aquí entra el truco tal y como denuncia Ignacio de la Calzada. Si el trabajador decide no continuar, la empresa aprovecha esa cláusula para reclamar el coste de la formación, que puedes ascender a cifras como 600 euros. Esta deducción directa del salario final o del finiquito es totalmente ilegal.

¿Cuándo sí pueden cobrarte una formación?

Existen casos en los que sí es legal que la empresa te exija la devolución del coste de un curso o bien te obligue a permanecer un tiempo.

Lo dice el artículo 21.4 del Estatuto de los Trabajadores en su punto 4: «Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en práctica determinados proyectos o realizar un trabajo específico, se podrá pactar entre ambos la permanencia en la empresa por un tiempo determinado. El pacto no podrá tener una duración superior a dos años y deberá formalizarse siempre por escrito. En caso de incumplimiento por parte del trabajador, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios«.

Ahora bien, no toda formación vale, para que esto ocurra se tienen que dar una condicione muy claras y que son las siguientes:

  • Lo primero es que la formación debe ser externa o de alto valor, como por ejemplo un máster o un programa profesional.
  • Lo segunda y muy importante es que debe existir un acuerdo previo por escrito. Si esto último no se da, la empresa no puede exigir el reembolso ni descontar el importe del curso de liquidación o nómina.

Además, si se establece un periodo mínimo de permanencia, este debe ser razonable, como por ejemplo dos años.

¿Qué hacer si te descuentan la formación del finiquito?

Si estás en esta situación, Ignacio recomienda actuar en tres pasos:

  • Reclamar por escrito: Puedes comenzar enviando un correo electrónico a la empresa solicitando explicaciones y exigiendo el abono de la cantidad descontada indebidamente.
  • Denuncia ante Inspección de Trabajo: Esta práctica vulnera los derechos laborales, por lo que puedes denunciarla ante la Inspección de Trabajo.
  • Vía judicial: Si no logras resolverlo directamente, puedes acudir a la vía judicial para reclamar las cantidades no abonadas.
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