El contrato de sustitución (también llamado contrato de interinidad por sustitución antes de la última reforma) se utiliza como su nombre indica para sustituir a otro trabajar, ya sea por una excedencia con derecho a reserva de puesto, una incapacidad temporal (una baja por maternidad o enfermedad).
Este contrato no deja de ser un contrato temporal regulado por el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores y es obligatorio que en el contrato se identifique la causa por la que se realiza este contrato en lugar de un indefinido (que es el contrato ordinario). En este caso en el contrato debe figurar el nombre de la persona trabajadora a la que se sustituya, salvo cuando se utiliza para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo (pero en estos casos el contrato no puede ser superior a los tres meses).

¿Qué pasa si en mi contrato de sustitución no se indica la persona sustituida?
Si en el contrato de sustitución no se identifica a la persona sustituida, ni se especifica adecuadamente la causa de la sustitución (por ejemplo que es la cobertura de un puesto durante el proceso de selección o promoción) se puede considerar que el contrato no cumple los requisitos legales, lo que se traduce en que el contrato está en fraude de ley.
De modo que, tal y como indica el propio Estatuto de los Trabajadores en su punto cuatro del artículo 15, se presume que el contrato es indefinido:

¿Qué puede hacer el trabajador?
Si te encuentras en esta situación puedes reclamar el contrato indefinido a tu empresa. Lo lógico sería hablar con tu jefe para comentarle que tu contrato está en fraude de ley, si decides ir de ‘buenas’, no olvides hacer la reclamación por escrito dejando constancia.
Las otras dos opciones que tienes para reclamarlo serían las siguientes:
- Presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo, algo que puedes hacer online.
- Ir por la vía judicial y denunciar a la empresa ante los tribunales, aunque antes de dar este paso, tendrás que presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. Una vez presentada se acudirá a la mediación laboral y puede pasar dos cosas, que la empresa reconozca que el contrato está en fraude de ley y procesa a regularizar tu situación o que lo rechace (incluso que ni se presente). Entonces será cuando debas acudir a los tribunales.

