Te lo cuenta este abogado laboralista: Tres grandes mentiras que te dice tu empresa cuando estás de baja

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales como Un Tío Legal, advierte sobre las mentiras que muchos trabajadores escuchan cuando están de baja médica. A través de uno de sus vídeos, explica qué es verdad y qué no cuando se trata de derechos laborales durante una incapacidad temporal.

«Si estás de baja, no cobras»: FALSO

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Una de las afirmaciones más comunes y falsas es que durante la baja médica no se cobra. Aunque es cierto que no se percibe el 100% del salario desde el primer día,  tal y como indica de la Calzada sí se recibe una parte:

  • Días 1 al 3: No se cobra nada.
  • Días 4 al 20: Se cobra el 60% de la base reguladora.
  • Día 21 en adelante: Se cobra el 75% de la base reguladora.

La base reguladora se calcula a partir de la base de cotización del mes anterior a la baja. Esta información se puede encontrar en la nómina o en el informe de bases de cotización. Es importante revisar la base de cotización correspondiente a enfermedad común.

Además, algunos convenios colectivos mejoran esta prestación, llegando incluso al 100% del salario. Por eso, es clave consultar el convenio aplicable en cada caso. En este sentido hay que mencionar además la sentencia del Tribunal Supremo, que establece que los trabajadores de ETT también tienen derecho a esta mejora por IT si el convenio de la empresa para la que son cedidos lo tiene.

«Si estás de baja, no puedes salir de casa»: FALSO

Otra mentira frecuente es que, al estar de baja médica, estás obligado a permanecer en casa. Esto también es incorrecto. De la Calzada aclara que sí puedes salir de casa e incluso viajar, siempre y cuando las actividades no perjudiquen tu recuperación.

Por ejemplo:

  • Si tienes una lesión en la rodilla, evita actividades físicas que la agraven.
  • Si estás de baja por ansiedad, salir, pasear o hacer actividades sociales puede ser incluso recomendable, siempre que lo apruebe el médico.

Eso sí, no significa que tengas carta blanca para hacer cualquier cosa. La finalidad de la baja es recuperarte y volver al trabajo. El sentido común y el criterio médico deben guiar siempre tus acciones.

«Cuando vuelvas de la baja, te despido»: FALSO Y MUY GRAVE

Quizás la más grave de las mentiras y es lo que muchos trabajadores pueden sufrir y es que el jefe los amenaza con el despido por estar de baja. Es decir, un ahora que estas de baja no te puedo echar, pero en cuanto estés de alta te echo. Esto es ilegal y puede ser considerado discriminación.

De acuerdo con:

  • La Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores, que prohíben la discriminación por motivos de salud.
  • La Ley 15/2022, que establece que el despido motivado por una enfermedad es nulo por ser discriminatorio.

Si un trabajador puede demostrar que ha sido despedido por estar de baja, el despido será considerado nulo, y la empresa estará obligada a readmitirlo y pagarle los salarios de tramitación. En algunos casos, también se puede obtener una indemnización por daños y perjuicios.

Eso sí, para que se considere nulo, debe probarse que la causa real del despido fue la baja médica, y que no existía otro motivo legal que lo justificara.

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