El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado nulo el despido disciplinario de un trabajador de Burger King en Barcelona, al considerar que existían indicios suficientes de vulneración de la garantía de indemnidad tras la solicitud de conciliación familiar por parte del empleado. Como consecuencia de esta sentencia, no solo tendrá que readmitir al trabajador a su puesto de trabajo, también deberá indemnizarlo con 25.000 euros por daños morales.
El trabajador llevaba casi 30 años trabajando en Burger King en un local de Barcelona. Había empezado en 1994 y, tras mucho tiempo y experiencia, ocupaba el puesto de encargado, con un salario de algo más de 2.300 euros brutos mensuales.
A principios de 2023, su situación personal le llevó a solicitar una reducción de jornada laboral para poder atender mejor a su hijo de 15 años, quien tiene una discapacidad reconocida del 65%. Comunicó su solicitud por correo electrónico a la empresa en diciembre de 2022 y volvió a hacerlo el 1 de marzo de 2023. Además, formalizó la petición por burofax el 30 de marzo, en un intento de que su derecho quedara constatado por escrito de forma oficial. En ambos casos, la empresa hizo caso omiso de sus peticiones y ni siquiera le contestó.
Despido disciplinario por deficiencias en su trabajo
Lo que sí sucedió es que tras su última petición mediante burofax, la empresa inició una serie de inspecciones internas en el local donde trabajaba. La primera fue el 29 de marzo, la segunda el 14 de abril y la tercera el 21 de abril, todas con muy poco margen entre sí. En dichas inspecciones se documentaron varias irregularidades: desde productos caducados y suciedad en la maquinaria y baños incluso con presencia de cucarachas, lo que obligó a cerrar el local durante una hora, hasta problemas de organización, como turnos desajustados, cajas mal gestionadas y falta de documentación.
Finalmente, el 30 de abril de 2023, Burger King le comunicó su despido disciplinario, argumentando un cúmulo de deficiencias en su desempeño.
El trabajador acude a los tribunales para impugnar su despido
Dado que estas inspecciones y su despido se produjeron poco después de su burofax solicitando la reducción de jornada para el cuidado de su hijo, decidió demandar a Burger King al considerar que su despido se debía a una represalia por ejercer su derecho a solicitar una reducción de jornada recogida en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores. De modo que solicitaba ante la justicia que su despido fuese declarado nulo o bien improcedente.
Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 22 de Barcelona no le concedió ni lo uno ni lo otro, pues declaró el despido como procedente.
Pese a este resultado poco esperado por el trabajador, decidió recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que tras analizar el caso en su sentencia 2050/2025, declaró el despido nulo.
El tribunal consideró que existían indicios suficientes de vulneración de derechos fundamentales, concretamente de la garantía de indemnidad, que protege a los trabajadores frente a represalias por reclamar sus derechos.
El hecho de que las inspecciones comenzaran poco tiempo después de que solicitara la reducción de jornada y que no era habitual hacer tantas seguidas, eran una clara muestra de que se llevaron a cabo como respuesta ante la petición del trabajador. Además, señala, que si bien las deficiencias detectadas por Burger King, eran reales, no justificaban por sí solas una medida tan grave como un despido disciplinario.
Por ello, condena a Burger King a reincorporar al trabajador a su puesto de trabajo, pagarle los salarios de tramitación y además una indemnización de 25.000 euros por daños morales.

