El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el despido disciplinario de un conserje del Círculo de Bellas Artes. Este trabajador llevaba prestando sus servicios desde 2011, pero ha visto como ha perdido su empleo por acosar a una compañera.
Más de 170 llamadas y un comportamiento insistente
La historia empezó con una denuncia presentada por el jefe de personal. El motivo: la conducta insistente y no deseada del conserje hacia una trabajadora de la limpieza, contratada por una empresa externa. Ella nunca le había facilitado su número de teléfono, pero él lo obtuvo por su cuenta. Entre marzo y junio de 2023, le realizó más de 170 llamadas desde su propio móvil. Algunas eran sobre cuestiones laborales. Muchas otras, no.
Las llamadas eran frecuentes, incluso en días de descanso o fuera de horario. Pero el acoso no se quedó en el teléfono.
De las llamadas al contacto físico
El 18 de junio de 2023, el conserje se acercó a su compañera en el centro de trabajo y le pidió un beso. Ante su negativa, la sujetó y la zarandeó hasta que ella pudo soltarse y huir. Mientras escapaba, él la insultó gritándole «puta» y además le dijo que se acostaba con uno cada vez. Un testigo presencial confirmó la escena.
No fue un episodio aislado. Según el testimonio de la afectada, en otras ocasiones también le pidió un beso, e incluso le proponía matrimonio y le decía que se divorciaría para estar con ella.
Incluso llegó a mostrar celos y comportamientos alterados cuando la compañera hablaba con otros trabajadores.
La empresa activa el protocolo de acoso laboral
Días después del incidente, la dirección del centro activó el protocolo antiacoso y comunicó al conserje su despido disciplinario. La carta de despido acompañada de un anexo con el detalle de las llamadas alegaba una falta muy grave por acoso, amparada en el Estatuto de los Trabajadores.
El trabajador negó los hechos y llevó el caso a juicio. Alegó indefensión, errores de procedimiento y falta de pruebas. Incluso reclamó una indemnización por daños morales.
La justicia avala el despido
Sin embargo, sus alegaciones fueron rechazadas tanto por el Juzgado de lo Social como por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que revisó el caso tras el recurso presentado por el trabajador al no estar conforme con la primera sentencia.
El tribunal en su sentencia 365/2025 consideró acreditados los hechos descritos en la carta de despido y subrayó la gravedad del acoso, su carácter reiterado y su impacto sobre la víctima. También rechazó que el trabajador hubiese sufrido indefensión: tuvo conocimiento del expediente, presentó alegaciones y contó con tiempo suficiente para preparar su defensa antes del juicio.
Además, la Sala aclaró que la falta de precisión legal en la carta de despido, como no mencionar explícitamente el término “acoso sexual” no afectaba a la validez del despido. Lo esencial era la descripción clara de los hechos, y eso sí se cumplió.
Por tanto, tras más de una década en la empresa, se confirma su marcha sin derecho a indemnización tras su despido disciplinario por acosar a otra compañera.

