El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de Mercadona de Ciudad Real que llevaba mÔs de 30 años en la empresa. ¿La razón? La cadena de supermercados de Juan Roig detectó que llevaba tiempo cobrÔndole de menos a su vecino en sus compras, llevÔndose por ejemplo un carro entero de compra por apenas 12 euros.
Esta acción de ‘buena vecina’ le ha costado su trabajo y tambiĆ©n el derecho a recibir una indemnización, que dado que llevaba unos 34 aƱos en la empresa y cobraba un salario bruto mensual de 1.479,51 ā¬, podrĆa haber alcanzado los 50.000 ā¬.
Por ser ‘buena vecina’ se queda sin trabajo en Mercadona
SegĆŗn la sentencia, la empleada desempeƱaba funciones de cajera, limpieza y atención en la pescaderĆa. Fue despedida el 20 de mayo de 2023 despuĆ©s de que la empresa detectara irregularidades en sus cobros a un cliente habitual que resultó ser su vecino.
El 12 de mayo de 2023, su supervisor observó que un cliente con un carro lleno de productos pagó solo 11,89 ā¬. DĆas despuĆ©s, el 15 de mayo, se repitió la misma situación con otro ticket de solo 16,24 ā¬. Finalmente, el 20 de mayo, cobró a su vecino 45,05 ā¬, cuando la compra realmente ascendĆa a 91,66 ā¬.
Reconoció los hechos
Cuando la empresa le presentó las pruebas, la empleada admitió los hechos en presencia de compaƱeros y de un representante sindical. SegĆŗn el informe, llegó a preguntar a su superior si serĆa despedida y si tendrĆa derecho a paro.
Mercadona le entregó la carta de despido el 20 de mayo de 2023, argumentando que sus acciones constituyen una falta muy grave según el convenio colectivo, al tratarse de un abuso de confianza y fraude. Un despido disciplinario por el que no iba a recibir ni un euro de indemnización, pero sà le daba derecho a cobrar el paro.
En busca de la nulidad o la improcedencia
La trabajadora demandó a Mercadona por su despido, pero esta fue desestimada en el Juzgado de lo Social número 1 bis de Ciudad Real, declarando el despido como procedente. El juzgado consideró que las pruebas aportadas por Mercadona acreditaban las faltas cometidas por la trabajadora que justifican su sanción, el despido.
La trabajadora presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha argumentando que el despido debĆa ser nulo o declarado improcedente por no haber sido informado el comitĆ© intercentros, tal y como seƱala el convenio colectivo.
Sin embargo, en su sentencia 1891/2024, el Tribunal Superior de Justicia rechazó su recurso al considerar que la falta de comunicación sindical no afecta a la validez del despido. Por tanto, confirmo su despido disciplinario sin derecho a indemnización.

