Hacienda confirma las fechas para presentar la declaración de la Renta en 2025

La Agencia Tributaria comunica que la CampaƱa de la Renta 2024 comienza el 2 de abril y termina el 30 de junio de 2025.

La Agencia Tributaria ha confirmado las fechas de la Campaña de la Renta 2024, que permitirÔ a los contribuyentes liquidar el IRPF y el Impuesto de Patrimonio correspondientes al ejercicio fiscal de 2024. Este proceso se desarrollarÔ entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025, pero no todos estarÔn obligados a presentar la declaración. A continuación, desglosamos el calendario y los principales requisitos.

El Calendario del Contribuyente ya estƔ disponible en la pƔgina oficial de la Agencia Tributaria, donde se incluyen todas las fechas y trƔmites relevantes para la CampaƱa de la Renta 2024.

Fechas clave según el método de presentación

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El calendario para la presentación de la declaración de la renta varía dependiendo del método elegido:

  • Presentación online: Desde el 2 de abril de 2025, los contribuyentes podrĆ”n realizar su declaración de forma electrónica a travĆ©s de la plataforma Renta Web o la app móvil de la Agencia Tributaria.
  • Presentación por telĆ©fono: Los ciudadanos que prefieran realizar su declaración telefónicamente podrĆ”n hacerlo a partir del 6 de mayo de 2025.
  • Presentación presencial: Aquellos que necesiten asistencia presencial deberĆ”n solicitar cita previa desde el 2 de junio.

En todos los casos, el plazo mÔximo para presentar la declaración serÔ el 30 de junio de 2025, salvo para los contribuyentes con resultado a ingresar y que elijan domiciliar el pago, quienes deberÔn presentarla antes del 25 de junio de 2025.

Fechas para presentar la declaración de la Renta en 2025
Fechas para presentar la declaración de la Renta en 2025

¿Quiénes estÔn obligados a presentar la declaración?

No todos los ciudadanos estƔn obligados a declarar. Las principales condiciones son:

  1. Trabajadores por cuenta ajena:
    • Aquellos que hayan percibido mĆ”s de 22.000 euros anuales de un Ćŗnico pagador.
    • Quienes hayan percibido mĆ”s de 15.876 euros si han tenido ingresos de dos o mĆ”s pagadores.
  2. Autónomos: Todos los contribuyentes inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deberÔn presentar la declaración.
  3. Beneficiaros del Ingreso Mínimo Vital: independientemente de los ingresos que tengan y la cuantía de su prestación, los beneficiarios del IMV estÔn obligados a presentarla la declaración para mantener su prestación, como así establecen sus requisitos.
  4. Perceptores de prestación por desempleo: Según el Real Decreto 2/2024, que reformó los subsidios por desempleo y modificó el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social, las personas que reciban estas prestaciones también estÔn obligadas.

 

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