El Tribunal Supremo ha unificado criterios respecto al subsidio para mayores de 52 años, confirmando uno de los requisitos que establece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para cobrar este subsidio.
Entre los requisitos para cobrar este subsidio, está el agotar una prestación contributiva y/o subsidio y tener la edad de 52 años, además de no tener rentas que superen el 75% del SMI. Pero muchos desempleados pueden acceder a él, habiendo agotado una prestación y sin tener la edad requerida. Eso sí, es necesario mantener la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida. Por ejemplo, si agotas el paro a los 50 años y mantienes la inscripción en el paro, cuando llegues a la edad de 52 años podrás solicitar este subsidio.
Hay que mantener la inscripción como demandante de empleo de forma ininterrumpida
El Supremo aclara en su sentencia 991/2024 que la inscripción continua en el SEPE debe comenzar desde el agotamiento del paro, incluso si el solicitante aún no ha cumplido los 52 años. Este requisito tiene como objetivo demostrar la voluntad del desempleado de reintegrarse al mercado laboral. Si no se mantiene esta inscripción, se corre el riesgo de perder el derecho a recibir el subsidio.
La sentencia fue resultado de un caso en el que un solicitante agotó su prestación en 2005 y, tras trabajar por cuenta propia en varios periodos, no se reinscribió como demandante de empleo hasta 2019, justo antes de cumplir los 52 años. El Supremo determinó que este comportamiento mostraba una falta de interés en buscar empleo de manera activa, lo que justificaba la denegación del subsidio.
Un subsidio importante de cara a la jubilación
Este subsidio cobra vital importancia por dos simples razones: la primera, porque se cobra de forma indefinida (siempre que se mantengan los requisitos) hasta alcanzar la edad de jubilación y segundo, y más importante, porque cotiza a la Seguridad Social para la pensión de jubilación, un 125% sobre la base de cotización mínima vigente.
Por tanto, aquellos desempleados que estén cerca de esa edad y agoten una prestación por desempleo, deben mantener su inscripción como demandante de empleo si no consiguen encontrar un nuevo empleo para no perder la posibilidad de poder ser beneficiario de esta prestación una vez lleguen a la edad de 52 años.