viernes 31 enero 2025
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Una empleada del hogar consigue que la justicia le reconozca una pensión de jubilación pese a no cumplir los requisitos

Una trabajadora del hogar de Galicia que trabajó a tiempo parcial cobrará su pensión de jubilación gracias a que la justicia no ve aplicable el coeficiente de parcialidad para denegarle el acceso a la prestación

Para cobrar una pensión contributiva es necesario haber cotizado como mínimo 15 años y llegar a la edad de jubilación. Pero hay una letra pequeña que se suele dejar por alto y que la Seguridad deja muy claro: al menos dos años (700 días) deben haberse cotizado en los últimos 15 años antes de solicitar la pensión.

Precisamente este requisito es el que no cumplía una empleada del hogar, por el hecho de haber trabajado a tiempo parcial cuando solicitó su pensión de jubilación en diciembre de 2022.

Concretamente, esta trabajadora tenía la siguiente cotización: A tiempo completo en el
régimen general 39 días. A tiempo completo en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, 7.062 días, entre el 1 de noviembre de 1985 y el 31 de octubre de 2007. A tiempo parcial en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, 809 días, entre el 29 de julio de 2020 y el 15 de octubre de 2022, a razón del 60,2 % de la jornada laboral.

A pesar de tener más de 20 años cotizados en los últimos 15 años, solo había cotizado 501 días, ya que trabajaba a tiempo parcial y esas fechas aún no estaba en vigor la normativa que equiparaba la jornada a tiempo parcial con la jornada a tiempo completa para el cómputo de días cotizados a la Seguridad Social.

Es importante mencionar que aunque la medida tiene carácter retroactiva, solo es aplicable a pensiones que se solicitan a partir del 1 de octubre de 2023.

Tras rechazar su solicitud, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la empleada del hogar decidió presentar una reclamación previa, la cual fue rechazada por la Seguridad Social el 21 de diciembre de 2022. Una vez agotada la vía administrativa, llevó su caso por la vía judicial, que sí ha accedido a sus pretensiones, concediéndole su pensión de jubilación.

Los motivos para que la justicia sí le conceda su pensión contributiva de jubilación

El juzgado de lo Social número 5 de Galicia sí reconoció que tenía derecho a su pensión, sentencia que fue recurrida en suplicación por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y que ha sido rechazada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Al igual que el Juzgado de lo Social, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en su sentencia 2998/2024, da la razón a la demandante rechazando que se le aplique el coeficiente de parcialidad.

El fallo se apoyó en sentencial del Tribunal Constitucional, como la STC 91/2019, que la aplicación de coeficientes de parcialidad que reduce el número efectivo de días cotizados, es una medida desproporcionada y que afecta sobre todo a las mujeres trabajadoras. A la reducción de la base reguladora en función a su menor base de cotización se le añade que se endurecen los requisitos para el acceso a la prestación, al tener que trabajar más días.

Por ejemplo, al aplicar el coeficiente de parcialidad, un trabajador media jornada, tendría que trabajar 30 años para cotizar 15 años, es decir, tendría que trabajar el doble de años que un trabajador a tiempo completo.

Por ello, la justicia entiende que debe aplicarse la regla tradicional y clásica de que «día trabajado es día cotizado» con independencia de que dicho día lo fuera a tiempo completo o parcial.

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