Los Ășnicos casos en los que no es obligatorio fichar en el trabajo

Descubre quĂ© trabajadores no estĂĄn obligados a fichar en el trabajo segĂșn el Real Decreto-ley 8/2019 y el Estatuto de los Trabajadores

Desde 2019 es obligatorio que las empresas tenga un registro horario de la jornada laboral de sus trabajadores, es decir, lo que llamamos fichar en el trabajo.  El Gobierno puso en marcha, a través del Real Decreto-ley, de 8 marzo, las medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, para evitar sobre todo las horas extras no remuneradas.

Este control no solo beneficia a los trabajadores, que a fin de cuenta pueden ser los mås perjudicados de no llevarse adecuadamente, también las empresas a través de este registro les permite controlar que los trabajadores no lleguen tarde al trabajo y de hacerlo, aplicar las correspondientes sanciones e incluso proceder al despido.

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Sin embargo, no todos los trabajadores estĂĄn obligados a fichar en el trabajo y, por tanto, tanto empresa como trabajadores no serĂĄn sancionados.

¿Qué trabajadores no tienen que fichar en el registro horario?

La norma que obliga a llevar un control horario de los trabajadores en la empresa admite dos excepciones en los que no es obligatoria llevar el registro de la jornada de los trabajadores que:

Tienen una relaciĂłn laboral de carĂĄcter especial con la empresa. SegĂșn la ley laboral y el artĂ­culo 2 del Estatuto de los Trabajadores, se consideran relaciones laborales de carĂĄcter especial las siguientes:

  • La del personal de alta direcciĂłn no incluido en el artĂ­culo 1.3.c).
  • La del servicio del hogar familiar.
  • La de los penados en las instituciones penitenciarias.
  • Los deportivos profesionales.
  • La de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escĂ©nicas, audiovisuales y musicales, asĂ­ como las personas que realizan actividades tĂ©cnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.
  • La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o mĂĄs empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquellas.
  • La de los trabajadores con discapacidad que presten sus servicios en los centros especiales de empleo.
  • La de los menores sometidos a la ejecuciĂłn de medidas de internamiento para el cumplimiento de su responsabilidad penal.
  • La de residencia para la formaciĂłn de especialistas en Ciencias de la Salud.
  • La de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
  • Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relaciĂłn laboral de carĂĄcter especial por una ley.

También estån libres de fichar en la empresa aquellos trabajadores, que aun no siendo de alta dirección, tienen pactado un régimen de libre disponibilidad del tiempo de trabajo o forma parte de sus obligaciones contractuales, su plena disposición horaria. En otras palabras, aquellos trabajadores que ellos mismo deciden su propio horario.

ÂżTiene un autĂłnomo obligaciĂłn de fichar en el trabajo?

Un trabajador por cuenta propia tampoco estĂĄ obligado a llevar un registro horario de sĂ­ mismo. A fin de cuenta, el objetivo del registro horario es evitar abusos por parte del empresario y un autĂłnomo es empresario y trabajador, digamos que no vas a abusar de ti mismo (aunque la realidad es que un autĂłnomo echa mĂĄs horas que un reloj).

Ahora bien, si un autĂłnomo tiene trabajadores, entonces si tendrĂĄ que tener un registro horario para estos trabajadores.

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