Cuando un trabajador pierde su empleo puede solicitar la prestación por desempleo, ya sea a nivel contributivo (paro) o no contributiva (subsidio por insuficiencia de cotización). Ambas prestaciones tienen como objetivo servir de ayuda económica mientras se están la búsqueda de un nuevo empleo.
Encontrar un nuevo trabajo puede llevar varis meses de búsqueda, pero a veces el destino hace que rápidamente podamos reincorporarnos incluso antes de recibir el primer pago de la prestación. Ante esta situación es normal preguntarse, que pasará con ese primer pago y que hay que hacer.
Lo primero tal y como indica el SEPE en su web es que si encuentras trabajo antes de cobrar el primer mes tras solicitar la prestación, recibirás el pago aunque estés trabajando, aunque la cuantía puede verse disminuida, ya que solo se cobrará la prestación el equivalente al comienzo de la prestación aprobada hasta el día anterior a la colación.
Por ejemplo, si solicitamos y a los 15 días encontramos un nuevo empleo, solo se cobrará de prestación el equivalente a esos 15 días.
Hay que comunicar al SEPE que se ha encontrado trabajo para suspender la prestación
El Servicio Público de Empleo Estatal también advierte que los desempleados en esta situación deben comunicar su colocación a la administración para que esta proceda a suspender la prestación.
Recuerda que una de las obligaciones que tienen los desempleados es comunicar cualquier cambio de la situación, como por ejemplo el no estar ya en situación legal de desempleo por haber encontrado trabajo.
Si no se comunica este cambio, el SEPE abonará la cuantía íntegra de la prestación y más adelante, cuando detecte esta colocación, requerirá al desempleado el cobro indebido de su prestación, obligando a su devolución.
Pero es más, no comunicar al SEPE que se ha encontrado un trabajo se considera una infracción grave que puede tener como sanción la pérdida de 3 meses de prestaciones.
Esta comunicación se puede hacer a través de internet desde la sede electrónica del SEPE, llamando por teléfono o bien acudiendo a la oficina de empleo, aunque para esto último es necesario solicitar cita previa al SEPE.
¿Qué pasa con la prestación?
La prestación por desempleo queda suspendida, pudiéndose reanudar en el caso de que el trabajador pierda nuevamente su empleo si este ha tenido una duración inferior a 360 días. En el caso de trabajar un año o más en este nuevo empleo, se tendrá derecho de opción en el paro, que consiste en que se podrá elegir entre reanudar la prestación por desempleo anteriormente paralizada o bien cobrar la nueva prestación generada con el último trabajo, lógicamente se elegirá la opción más beneficiosa.
Otra opción disponible sería compatibilizar el cobro de la prestación con el trabajo, aunque esto solo se puede hacer, si el trabajo no es a jornada completa. Igualmente, se cobraría la parte proporción de la prestación.
Por ejemplo, si se encuentra un trabajo a 30 horas a la semana (75% de la jornada) se cobrará el 25% de la prestación hasta agotarla.