Un trabajador ha recibido una sanción por parte de su empresa tras consumir un café y no abonarlo, concretamente la sanción que le han aplicado la suspensión de empleo y sueldo de tres días.
¿Es una sanción justa o es desproporcionada? Es lo que las redes discuten tras publicar Jesús Soriano, el camarero que comparte en redes sociales los abusos que sufren los trabajadores de la hostelería.
En esta ocasión ha compartido la carta de sanción con tres días de empleo y sueldo por el hecho de haber consumido un café y no abonarlo. Para muchos esta sanción es desmesurada y piensa que hubiera bastado con una amonestación y solicitar que abonase el dinero del café.
Suspendido de empleo y sueldo durante tres días por tomarse un café y no abonarlo. pic.twitter.com/9C7dlq1Azj
— Soy Camarero (@soycamarero) April 4, 2024
El café más caro de la historia
Partiendo de la base de que un café cuesta de media en cualquier cafetería entre 1,50 € o 2 €, para muchos la sanción aplicada por esta empresa está totalmente desproporcionada, pues tres días de sueldo, supera con creces ese café no abonado.
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 58 establece que: “Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable”.
La empresa en la carta indica que el trabajador ha cometido una falta grave por este hecho, atendiendo al artículo 39.5 del VI Acuerdo Laboral Estatal para el sector de la Hostelería. Este tipo de infracción conlleva la suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
¿Es una sanción justa o es totalmente desproporcionada?
Es lo se debate en las redes sociales, si por el simple hecho de tomarse un café y no haberlo abonado es una infracción grave y, por tanto, sea sancionado con la suspensión de tres días de empleo y sueldo.
Para muchos un café que puede costar 1,50 € esta sanción de tres días de empleo y sueldo es bastante excesivo, y apuntan a que es una estrategia para preparar un futuro despido disciplinario.
Otros indican que el simple hecho de no haberlo abonado, ya es un hurto y que ha tenido en realidad suerte, pues el Tribunal Supremo dejó claro que no importa el valor de lo robado para que esta infracción pueda llevar a un despido disciplinario.
¿Qué debería hacer el trabajador en este caso?
Siempre que un trabajador recibe una sanción, lo aconsejable es impugnar la sanción si esta es desproporcionada y sobre todo si es una acusación falsa. ¿Por qué? Pues porque esta sanción ya contaría como una prueba en un futuro despido para que en caso de que el trabajador demandará un juez lo considerase como procedente.