Las redes sociales vuelven a ser escenario de polémica después de que la usuaria de TikTok e Instagram @elcaminodepilar, que se presenta como Mentora de Negocios Digitales, publicara una serie de vídeos asegurando que “no contrata a gente de izquierdas”.
En la primera parte del vídeo, Pilar sostiene que no contrata a personas con esa ideología porque, según ella, “creen que el éxito es cuestión de suerte” o que “el Estado tiene que venir a salvarte”. Asegura que busca empleados que crean “en el mérito, en la excelencia y en levantarse cuando todo va mal”, y rechaza a quienes “culpan al sistema o esperan una subvención”.
En la segunda parte, la mentora añade que tampoco contrata a quienes “tiran el boli a las cinco en punto”, “solo cumplen” o “se ofenden si les pides que lo hagan un poco mejor”. También afirma que evita contratar a quien “vive contando las horas que trabaja” o “llama conciliación familiar a dejarte tirado”.
El discurso, que mezcla la cultura del esfuerzo con una visión muy particular del compromiso laboral, ha generado un intenso debate. Para algunos es una reivindicación de la meritocracia y la productividad, mientras que otros ven en sus palabras una forma de despreciar derechos básicos de los trabajadores, como la jornada laboral, la conciliación o el derecho al descanso.
Pero lo que muchos se están planteando es si es legal que una empresa no contrate a alguien o lo despida por sus ideas políticas.
¿Es legal que no me contraten por mis ideas políticas?
Sin embargo, más allá de las opiniones personales, lo que Pilar afirma públicamente tiene implicaciones legales serias. Discriminar a una persona en el acceso al empleo por su ideología política está expresamente prohibido por la legislación española.
El artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracción muy grave “las decisiones del empresario que supongan trato desfavorable por razones de ideología política, creencias o cualquier otra condición personal o social”.
Y estas infracciones pueden sancionarse con multas de hasta 225.018 euros, según el artículo 40.1.c de la misma ley. En otras palabras, si una persona que se define como empresaria o mentora aplica criterios políticos en sus procesos de selección, no solo estaría actuando de forma discriminatoria, sino que podría enfrentarse a una sanción económica importante.
Lo cierto es que ni siquiera podría saberlo, ya es ilegal preguntar en una entrevista de trabajo preguntas de este tipo. De igual forma, si se enterase porque en el trabajo un empleado hablara de política, tampoco sería un motivo legal para despedirlo.

