El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador de Mercadona por coger una botella de Fanta y no pagarla, cuando la norma interna, prohíbe estrictamente el consumo de productos sin haberlos abonado previamente.
Una conducta que le ha costado su trabajo tras 18 años en la empresa y lo peor de todo, sin derecho a indemnización alguna.
El trabajador despedido llevaba en la empresa trabajando desde 2003 como Gerente A de Mercadona, cobrando un sueldo de 70,04 € brutos diarios.
Despedido por coger una botella de fanta y no pagarla
El 2 de octubre de 2021, alrededor de las 16:25, el empleado tomó una Fanta de un refrigerador y la guardó en su taquilla sin pasar por caja. A las 18:30, durante su descanso, salió del establecimiento y, al regresar, su coordinador le preguntó si había pagado la bebida. Inicialmente, admitió que no lo había hecho, justificándose en un supuesto malestar. Sin embargo, más tarde afirmó haber abonado el producto antes de su descanso, presentando un ticket con hora de emisión posterior al interrogatorio. Las pruebas internas, incluidos los registros de caja y declaraciones de testigos, desmintieron totalmente su versión.
Por ello Mercadona finalmente le entregó la carta de despido disciplinario por cometer faltas muy graves, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo de Mercadona, el cual establece que no se puede consumir ni adquirir productos sin haberlos pagado primero, siendo esto una falta muy grave, equivalente al hurto. Además, la normativa interna prohíbe específicamente comprar o consumir productos durante la jornada laboral sin seguir los procedimientos adecuados.
Demandó a Mercadona por discriminación y abuso de poder
El trabajador impugnó el despido alegando discriminación, abuso de poder y vulneración de derechos fundamentales, entre otros. También reclamó la nulidad del despido o, subsidiariamente, su improcedencia.
Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social de Sevilla como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en su sentencia 2552/2024 desestimaron sus demandas.
- En primer lugar, su pretensión de que hubiera sufrido discriminación, ya que Mercadona había despedido a otros empleados por hechos similares y presentó pruebas de ello, incluso algunos de ellos tenían más antigüedad que él.
- La normativa interna de Mercadona es clara en cuanto a los actos realizados por el trabajador.
- Respecto al abuso de poder, el trabajador no presentó pruebas para sostener que había sufrido un abuso de poder o indefensión.
Por ello, la justicia confirma su despido disciplinario, declarándolo procedente, considerando que el trabajador enfrió las políticas internas y que el despido se ajustaba al marco normativo vigente.