viernes 19 abril 2024

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Un Juez avala el despido de una trabajadora por el impacto del coronavirus en una empresa en ERTE

El Juzgado de lo Social de Barcelona ha avalado el despido de una trabajadora en ERTE  a pesar de la cláusula de salvaguarda del empleo.

Es la primera sentencia desde que apareció la pandemia del coronavirus donde se avala el despido objetivo de una trabajadora por causas relacionadas con la COVID-19. Una sentencias que choca con la cláusula que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz defiende para la cuarta prórroga de los ERTE, la obligación de mantener el empleo durante al menos 6 meses.

Sin embargo el juzgado de lo Social Número 1 de Barcelona dictaminó el pasado 15 de diciembre como despido procedente de una trabajadora por las pérdidas económicas ocasionadas por la pandemia, considerando que la prohibición de despedir aprobada por el Gobierno en el Real Decreto-ley 9/2020 en el mes de marzo, es contraria al derecho comunitario.

Antes de esta sentencia ya se habían producido juicios contra el despido de trabajadores en ERTE en la que las empresas alegaban perdidas económicas, sin embargo esta es la primera que se falla a favor del despido por causas ETOP por  parte de una empresa que, además ha estado bajo un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de fuerza mayor, por lo que según el Real Decreto aprobado por el Gobierno, tendría que respetar la cláusula de salvaguarda del empleo que le impide despedir en un periodo de 6 meses.

Un despido totalmente justificado.

Según la resolución de la sentencia, la medida esta totalmente justificada por los datos que ha aportado la empresa, ya que los datos de facturación han ido bajando en el año 2019 respecto al 2018, y sobre todo de 2019-2020 que sigue en caída, además de perder unos de los principales clientes.

El juez se ha basado en la legislación europea, que explica que una economía de mercado competitiva tiene que salvaguardar el empleo, pero también mantener la libertad empresarial.

El Tribunal  Número 1 de Barcelona reconoce que la sentencia puede  ser recurrida por instancias superiores, aunque no considera elevar la consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar la que normativa de salvaguarda del empleo limita mucho la flexibilidad para salvar las empresas, sobre todo cuando la prohibición del despido durará tanto como lo hagan los ERTE.

 

Fuente: Diario Ley

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