Si tuviste un hijo a partir del 2 de agosto de 2024 podrás solicitar esto en enero de 2026

Desde el 30 de julio de 2025, ha quedado publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma del Estatuto de los Trabajadores que amplía los permisos por nacimiento y cuidado de un hijo. Una nueva media que responde a una directiva europea que introduce cambios significativos en los permisos de maternidad y paternidad.

La reforma introduce grandes mejoras para la conciliación de la vida laboral y familiar, la primera es el aumento del permiso por nacimiento a 17 semanas. Hasta ahora, el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo era de 16 semanas, con la nueva ley, se amplía a 17 semanas, de las cuales 6 siguen siendo obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente tras el nacimiento y luego las restantes se pueden disfrutar de forma flexible.

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Además del permiso por nacimiento, se incorpora un permiso retribuido de dos semanas, que se podrá usar de forma flexible hasta que tu hijo cumpla 8 años. Este permiso no se renueva anualmente, sino que se concede una sola vez, en cualquier momento durante los primeros ocho años del menor. Está retribuido al 100% y se enmarca dentro de lo que la Unión Europea había reclamado como “permiso para cuidado de menores”.

Aunque la reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (31 de julio de 2025), el derecho a solicitar la prestación económica que corresponde a este permiso se activa a partir del 1 de enero de 2026.

¿Y si ya tuviste un hijo recientemente?

Cuando entra en vigor una nueva norma que mejora las condiciones laborales, muchos trabajadores se lamentan de que no haya salido antes, sobre todo si recientemente están en la situación por la que podrían haber optado a esa mejora de haberse aprobado antes.

En este caso, hay pocas lamentaciones, pues tiene carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024. De modo que si tuviste un hijo a partir del 2 de agosto de 2024, podrás solicitar esta ampliación del permiso desde enero de 2026, aunque el nacimiento haya ocurrido antes de que la norma entre en vigor.

Esto significa que no es necesario que el nacimiento ocurra después del 30 de julio de 2025 para tener derecho. Si tu hijo nació a partir del 2 de agosto de 2024, tendrás derecho a las 17 semanas y a las dos adicionales, pero solo podrás solicitar la prestación correspondiente a partir del 1 de enero de 2026.

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