El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 9/2025, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado de menor en España. Esta norma, ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles 30 de julio de 2025 (puedes consultarlo en este enlace), modifica varias leyes clave del ordenamiento jurídico para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional.
Los trabajadores podrán disfrutar hasta 19 semanas de permiso retribuido por nacimiento de hijo o cuidado de menor y lo más importante, su entrada en vigor es inmediata, al día siguiente de su publicación en el BOE y además se aplicará con efecto retroactivo desde el 2 de agosto de 2024. Aunque las prestaciones correspondientes podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
Así cambia el permiso por nacimiento y cuidado de menor en España
Tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado, lo más destacado del decreto es la ampliación general del permiso de nacimiento y cuidado de menor de 16 a 19 semanas por cada progenitor. Este permiso incluye:
6 semanas obligatorias inmediatamente después del parto.
- 11 semanas que pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales que pueden usarse hasta que el menor cumpla 8 años.
Además, el permiso es individual, intransferible y retribuido al 100 % y se podrá disfrutar a jornada completa o parcial. Por ejemplo, puedes disfrutar las 11 semanas al 100% de la jornada o bien 22 semanas a media jornada, cobrando proporcionalmente la prestación.
Las familias monoparentales podrán disfrutar de hasta 32 semanas
Una de las grandes novedades es la equiparación de derechos en los hogares monoparentales. Estas familias podrán disfrutar de un permiso total de 32 semanas, con la misma estructura de reparto:
- 6 semanas obligatorias.
- 22 semanas para el cuidado del menor hasta los 12 meses.
- 4 semanas para el cuidado parental hasta los 8 años.
Esta ampliación responde a sentencias recientes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, que reconocen el derecho de igualdad de los menores en estas unidades familiares. En su momento, reconocieron a las familias monoparentales a disfrutar del doble de semanas, excluyendo las semanas obligatorias.
Igualdad en el empleo público
En el ámbito del empleo público, el decreto extiende los mismos derechos, regulando detalladamente el permiso de 19 semanas retribuidas por nacimiento, adopción, acogimiento o guarda. Además, se garantiza que el permiso cuente como tiempo efectivo de servicio y no afecte negativamente a la carrera profesional del funcionario.
Seguridad Social: cobertura total y universal
Para hacer efectiva la retribución, se modifica la Ley General de la Seguridad Social. El permiso se financiará a través de la prestación por nacimiento y cuidado, con una tasa de reemplazo del 100 % sobre la base reguladora. Esta cobertura será válida tanto para el régimen general como para supuestos no contributivos (IPREM).
Además, se introducen beneficios adicionales en casos especiales como discapacidad, partos múltiples o situaciones de hospitalización del recién nacido.

