Quiso colar una copa de ginebra y otros gastos personales como dietas de trabajo y terminó despedido: Así lo confirma la justicia

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado el despido disciplinario de un técnico del sector de las telecomunicaciones por falsear dietas y justificar gastos personales como si fueran laborales. Llegó incluso a intentar colar como gasto de cena un ticket de compra de bebidas alcohólicas. A pesar de ello, solicitó la nulidad al considerar que la empresa lo despedía como represalia por reclamar horas extra impagadas y denunciar abusos.

Intentó colar una copa de ginebra como cena

Durante varios meses, el empleado presentó justificantes que, según la investigación interna, no se correspondían con desplazamientos reales. Entre los ejemplos que recoge el tribunal figuran comidas duplicadas en un mismo día, copas de Aperol Spritz y Martin Miller’s, e incluso la compra de un insecticida de jardín que nada tenía que ver con su trabajo.

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También cobró dietas por jornadas en las que estaba en su centro habitual y llegó a justificar tickets de transporte adquiridos con diferentes tarjetas a pocos minutos de diferencia, lo que la empresa interpretó como un intento de inflar los gastos.

Incumplimiento del registro horario

Además del fraude en las dietas, el tribunal constató que el trabajador incumplió reiteradamente su obligación de fichar la jornada laboral mediante la aplicación corporativa.

En varias fechas, especialmente durante viajes a ciudades como Varsovia, Milán o Burgos, no dejó constancia de su horario, aunque sí presentó gastos para su reembolso. Para la empresa, era una forma de encubrir ausencias o tiempos no trabajados.

El trabajador alegó que era una práctica tolerada y errores menores

El empleado no negó los hechos, pero trató de justificarlos. Alegó que la empresa toleraba ciertas prácticas desde la pandemia, como comprar comida el día anterior o presentar justificantes fuera de horario. También sostuvo que se trataba de errores puntuales y de poco importe, sin intención de engañar.

Es más, solicitó la nulidad el despido al ser este una represalia por reclamar horas extras impagadas por parte de la empresa y denunciar supuestos abusos, por lo que vulneraba su garantía de indemnidad. Además, indicó que la empresa había incumplido lo que establece el Convenio 158 de la OIT, la oportunidad de defenderse. Es decir, la empresa no le había dado audiencia previa.  Por este motivo, y dado que la empresa se saltó este paso obligatorio, el despido como mínimo debía ser calificado como improcedente (lo que le daría derecho a indemnización) en caso de que no prosperara su reclamo de nulidad del despido.

Sin embargo, el tribunal no aceptó estos argumentos. Recordó que tal y como estableció el Tribunal Supremo, la obligación de celebrar una audiencia previa solo es aplicable a despidos posteriores a noviembre de 2024, cuando el Tribunal Supremo cambió su doctrina, por lo que no puede aplicarse con efecto retroactivo.

En lo referente a la vulneración de su garantía de indemnidad, el tribunal dijo que no había pruebas que demostraran que su despido fuera una represalia.

No fue un despiste: el tribunal ve un patrón de fraude

En su resolución nº 574/2025, el TSJ de Cantabria deja claro que los hechos no son simples descuidos, sino una conducta continuada y consciente. Subraya que el trabajador conocía perfectamente las normas internas sobre dietas y registro horario, y que el número de irregularidades era demasiado alto para considerarlas meros errores.

“Su comportamiento supuso una ruptura de la confianza y de la buena fe que debe regir toda relación laboral”, concluye el tribunal, que avala la decisión empresarial de extinguir el contrato por motivos disciplinarios.

Despido disciplinario procedente

Con las pruebas, tanto el Juzgado de lo Social nº 1 de Santander como luego el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria declararon el despido disciplinario como procedente, sin derecho a indemnización. El tribunal señala que el perjuicio para la empresa no se limita al dinero indebidamente cobrado, sino al daño en la confianza y en el control interno de los gastos.

Más allá del caso concreto, la sentencia lanza un mensaje claro y es que falsear justificantes o aprovechar resquicios en la política de dietas puede acarrear el despido directo, aunque las cantidades sean pequeñas. Así como no realizar el fichaje para registrar la jornada laboral.

En palabras del tribunal, “la buena fe y la diligencia son pilares esenciales del contrato de trabajo”. Y cuando se rompen, no hay margen para la excusa.

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