Si has solicitado la ayuda al alquiler de 250 euros en la Comunidad de Madrid, debes estar atento a las publicaciones que la administración realiza en su portal web con el listado de beneficiarios. Puesto en el caso de no estar en la lista, también publican la lista de no beneficiarios, e indican cuáles han sido los motivos para rechazar el bono alquiler joven.
Una vez publicada, se abre el plazo de 10 días para que los solicitantes rechazados de la ayuda al alquiler pueden subsanar estas incidencias para que la Comunidad de Madrid les conceda la ayuda económica para pagar la renta de la vivienda o bien de la habitación.
Si aún no lo has solicitado, recuerda que el plazo es indefinido, y se puede presentar todavía hasta que se agote el presupuesto destinado a estas.
Principales motivos por el que se rechaza la ayuda al alquiler en Madrid
La Comunidad de Madrid publica tanto la lista de beneficiarios como la lista que han sido rechazados indicando cuáles son los motivos, muchos de ellos se pueden subsanar dentro del plazo de 10 días desde que se publica el listado.
Entre los principales motivos destaca el no cumplir con la edad a la que está destinada esta ayuda, es decir, los 35 años. Lógicamente, esto no se puede subsanar.
Son múltiples los motivos que la Comunidad de Madrid específica en su portal web, pero los principales motivos se pueden resumir en los siguientes:
- La renta de alquiler supera el límite establecido en las bases, que son 600 euros mensuales para la vivienda o 300 euros en el caso de alquiler de una habitación. Aunque en algunas zonas se eleva este límite hasta los 900 euros en el caso de vivienda y 450 en el caso de habitación, si esta se ubica en: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo o Villaviciosa de Odón.
- La solicitud no está firmada o no se corresponde con el modelo oficial de la convocatoria: es uno de los errores, por muy raro que parezca, que más se está cometiendo y tal vez por las prisas, los solicitantes olviden firmar la solicitud, aunque es un error que no tiene problemas de subsanar.
- Falta de documentación, como el DNI, el contrato de alquiler, el certificado de empadronamiento. Al igual que la anterior, bastará con presentar dentro del plazo esta documentación.
- No se ha aportado la declaración de IRPF o bien la administración no ha podido cruzar datos con Hacienda. Uno de los requisitos para poder beneficiarse de estas ayudas al alquiler es no tener rentas que superes el importe equivalente a 3 veces el IPREM.