El Tribunal Supremo ha resuelto un caso importante relacionado con el poder sancionador de las empresas. Tal y como indica el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes. También el propio Estatuto en su artículo 58 establece que los trabajadores podrán ser sancionados por la empresa por incumplimientos laborales.
Pero, ¿es posible que la empresa te sancione y no decirte cuándo empieza la sanción? Precisamente esto es lo que el Tribunal Supremo ha resuelto en su sentencia 571/2025. La respuesta es un claro no, el alto tribunal ha dicho claramente que una empresa no puede imponer una sanción y dejar en el aire su fecha de inicio, como si pudiera activarla cuando quisiera. Si lo hace, la sanción es nula.
El caso de un trabajador sancionado de empleo y sueldo sin fecha de inicio
El caso juzgado por el Tribunal Supremo gira en torno a un trabajador que recibió una sanción de 60 días de empleo y sueldo. Sin embargo, en la carta de sanción, la empresa no indicaba cuando empezaría a aplicarse. Simplemente, indicaba que ya se le indicaría el momento.
El trabajador impugnó la sanción solicitando que esta fuera nula porque la sanción no cumplía lo indicado en el artículo 58.2 del Estatuto de los Trabajadores que exige que toda sanción por falta grave o muy grave sea comunicada por escrito, indique los hechos que la motiva y sobre todo señale la fecha en que se aplica la sanción, esto último la empresa no lo hizo.
Pese a sus reclamaciones, el Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona avaló la decisión de la empresa. No obstante, el trabajador decidió llevar su caso al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que revocó esa primera sentencia y declaró la sanción nula por falta de forma. Fue entonces cuando la empresa decidió recurrir al Tribunal Supremo.
¿Qué dice el Supremo?
El Tribunal Supremo y aunque confirma que la empresa sí puede posponer el inicio de la sanción, por ejemplo, hasta que pase el plazo para recurrirla o hasta que la sentencia sea firme tras ese reclamo, no puede dejar el comienzo de la sanción a su antojo, sin decir una fecha ni un criterio claro.
En otras palabras, no vale decir “cuando queramos te la aplicamos”. Eso genera inseguridad para el trabajador y es un abuso de poder por parte de la empresa.
¿Por qué es importante?
Porque sancionar a un trabajador no es un juego. El Estatuto de los Trabajadores dice que las sanciones deben ser por escrito y tienen que indicar qué pasó para proceder a la sanción y cuándo se aplican.
Dejar su inicio “en el aire” hace que el trabajador no sepa a qué atenerse ni pueda organizar su vida o su defensa legal. Por eso el Tribunal considera que esto es un defecto formal grave, y la sanción queda anulada.

