Muchos de los despidos disciplinarios que se dan en España son por faltar al trabajo, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 54. Sin embargo, el propio Estatuto de los trabajadores recoge también situaciones en las que sí es posible ausentarse del trabajo sin que ello conlleve sanciones disciplinarias como el despido.
¿Cuándo se puede faltar al trabajo sin ser despedido?
La clave está en que la falta de asistencia esté justificada. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37, recoge una serie de permisos retribuidos que permiten al trabajador ausentarse del trabajo sin perder salario y, lo que es más importante, sin riesgo de despido.
Según el artículo 37.3 del Estatuto de los trabajadores, estos son algunos ejemplos en los que puedes faltar al trabajo justificadamente y sin el peligro de ser sancionado:
- Por matrimonio, el trabajador tiene derecho a quince días naturales de permiso retribuido. Este tiempo se empieza a contar desde el día de la boda y debe justificarse con el correspondiente certificado.
- En caso de fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, cuñados, etc.), se reconocen dos días de permiso. Este plazo se amplía a cuatro días si el trabajador necesita desplazarse a otra localidad.
- Por nacimiento de hijo o hija, aunque ya existe un permiso de paternidad/maternidad de 16 semanas (en el caso de familias monoparentales puede ser de 26 semanas), también se incluye en esta categoría cuando se trata de una hospitalización del recién nacido o una situación grave asociada al parto.
- En caso de traslado del domicilio habitual, se concede un día de permiso. Se entiende que el cambio de residencia exige gestiones que requieren tiempo, y por tanto se justifica legalmente.
- Cuando el trabajador debe cumplir un deber público inexcusable, como ser miembro de una mesa electoral o asistir a un juicio como jurado o testigo obligatorio, tiene derecho a ausentarse por el tiempo indispensable para ello.
- Las trabajadoras embarazadas también pueden ausentarse del trabajo durante el tiempo necesario para realizar exámenes prenatales o técnicas de preparación al parto, siempre que estos se realicen dentro de la jornada laboral y se justifiquen debidamente.
Todos estos permisos son retribuidos, es decir, la empresa debe seguir pagando el salario durante el tiempo de ausencia, y estos días cuentas como tiempo efectivamente trabajado a todos los efectos (antigüedad, cotización, pagas extra, etc.).
Además, algunos convenios colectivos pueden mejorar estos derechos, ampliando la duración de los permisos o incluyendo otros supuestos adicionales, como asistir a tutorías escolares, acompañamiento a familiares a consultas médicas, o días específicos por matrimonio de un hijo o mudanza de padres mayores.
Derecho a la huelga
Todos los trabajadores tienen derecho a la huelga, la cual está protegida por la Constitución Española. Si participas en una huelga legal, no se considera una falta injustificada y ni te pueden sancionar con el despido. Eso sí, ese día o los días que huelga no son remunerados, por los que la empresa te lo descontará del salario.

